Boletines/General Villegas
Resolución Nº 216/18
General Villegas, 19/03/2018
Visto
El Expediente Nº 4147/06, de la firma “Cianeba S.A.”, correspondiente a la habilitación municipal de un comercio, dedicado a la explotación del rubro “Hotel Alojamiento”, con fecha 25 de agosto de 2006; y
Considerando
Que mediante Resolución Nº 285/07, se registró la habilitación del comercio (fojas 61), correspondiente al Contribuyente Nº 800.
Que mediante Acta de Constatación Nº 5433, realizada el 09 de agosto de 2016, se verificó que el comercio dejo de funcionar como tal (fojas 73).
Que se agrega constancia que se inició una habilitación en el mismo lugar con nuevo titular, con fecha 1 de agosto de 2016 (folio 74).
Que la Directora de Rentas interviene a fojas 80, informando que el contribuyente no registra deuda.
Que la Ordenanza Nº 1970/85, faculta al Departamento Ejecutivo a dar de baja a comercios pertenecientes a sociedades disueltas, o cuyos propietarios se hayan ausentado, desconociéndose su actual domicilio.
Que a fojas 84 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 01 de agosto de 2016, del comercio de la firma CIANEBA S.A., Contribuyente Nº 800, habilitado con el rubro “HOTEL ALOJAMIENTO”, denominación comercial “SEDUCCIÓN”, Codificador de Rentas Nº 63201-01, NIS Nº 1565562 – T1G – Servicios Generales, con domicilio comercial en calle Padre Alfonso Wesner y Ruta Nacional Nº 188 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Chacra 154, Parcela 3, con cuatro (4) empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 4147/06.
ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.