Boletines/General Villegas

Resolución Nº212/18

Resolución Nº 212/18

General Villegas, 19/03/2018

Visto

El Expediente Nº 4321/16, donde se tramita la baja de un comercio de antigua data, perteneciente al señor Nelson Andrés Marcos, dedicado a la explotación del rubro “Veterinaria”, con fecha de alta 30 de julio de 1976, Contribuyente Nº 5058; y

Considerando

Que acompaña constancia de baja de la Cooperativa Eléctrica con fecha 04 de mayo de 2016 y Constancia de modificación de Ingresos Brutos, con fecha 29 de febrero de 2016 (folios 2 a 5).

Que mediante Acta de Constatación Nº 5109, realizada el 16 de mayo de 2016, se verificó que el comercio se encuentra cerrado (fojas 8).

Que la Oficina de Comercio incorpora la constancia de que no se hallaron las actuaciones en el archivo (folio 9).

Que el Coordinador de Oficina de Catastro interviene a fojas 16, suministrando los datos del inmueble.

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 20, informando que el contribuyente no registra deuda.

Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.         

Que a fojas 24 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 29 de febrero de 2016, del comercio perteneciente al señor NELSON ANDRES MARCOS, DNI Nº 5.067.709, Contribuyente Nº 5058, habilitado con el rubro “VETERINARIA”, denominación comercial “VETERINARIA MARCOS”, Codificador de Rentas Nº 62900-12, con domicilio comercial en calle Ugarte Nº 154 de la localidad de Coronel Charlone, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción XI, Sección A, Manzana 80, Parcela 13, sin empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 4321/16.

ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.