Boletines/General Villegas

Resolución Nº207/18

Resolución Nº 207/18

General Villegas, 16/03/2018

Visto

El Expediente Nº 82/13, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente al señor Eduardo Martín Ramos, dedicado a la explotación de los rubros “Panadería – Confitería”, con fecha 20 de enero de 2013, registrado Contribuyente Nº 20948; y

Considerando

Que por Expediente Nº 82/13 Alcance 2, agregado a fojas 101, la recurrente solicita la baja de la actividad comercial, desde el 9 de octubre de 2017.

Que mediante Acta de Constatación Nº 6257, realizada el 21 de noviembre de 2017, se verificó que el comercio se encuentra cerrado (fojas 103).

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 108, informando que el contribuyente no registra deuda.

Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.         

Que a fojas 112 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la incorporación de un (1) empleado en relación de dependencia, a partir del 14 de septiembre de 2015, según el Censo Nº 3460, correspondiente al Contribuyente Nº 20948 – EDUARDO MARTIN RAMOS.

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese la baja de dos (2) empleados en relación de dependencia, a partir del 7 de marzo de 2017, según surge del Censo Nº 5228, correspondiente al Contribuyente Nº 20948 – EDUARDO MARTIN RAMOS.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese la baja a partir del día 09 de octubre de 2017, del comercio perteneciente al señor EDUARDO MARTIN RAMOS, DNI Nº 28.092.379, Contribuyente Nº 20948, habilitado con los rubros “PANADERÍA Y CONFITERIA”, denominación comercial “MIS AMORES”, Codificadores de Rentas Nº 62900-26 y 62100-05, NIS Nº 1054087-05 – T1G – Servicios Generales,  con domicilio comercial en calle Moreno Nº 391 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 25, Parcela 7f, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 82/13.

ARTÍCULO CUARTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.