Boletines/General Villegas
Resolución Nº 206/18
General Villegas, 16/03/2018
Visto
El Expediente Nº 5234/16 Alcance 1, donde se tramita la habilitación de un comercio, perteneciente a la señora Fabiana Alejandra Bernetche, dedicado a la explotación del rubro “Despensa”, con fecha 20 de junio de 2016; y
Considerando
Que mediante Resolución Nº 815/17, se registró la habilitación provisoria del comercio (fojas 47 y 48), correspondiente al Contribuyente Nº 21674.
Que por Expediente Nº 5234/16 Alcance 2, agregado a fojas 51, el recurrente comunica la baja de la actividad comercial, desde el 9 de octubre de 2017.
Que mediante Acta de Constatación Nº 6234, realizada el 26 de octubre de 2017, se constató que el comercio se encuentra cerrado (fojas 53)
Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 58, informando que el Contribuyente no registra deuda.
Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.
Que a fojas 62 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 9 de octubre de 2017, del comercio perteneciente a la señora FABIANA ALEJANDRA BERNETCHE, DNI Nº 34.385.879, Contribuyente Nº 21674, habilitado con el rubro “DESPENSA”, denominación comercial “DESPENSA MARCE”, Codificador de Rentas Nº 62100-06, NIS Nº 1051275-01 – T1REE – Residencial Estacional, con domicilio comercial en calle Lavalle Nº 1354 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 18c, Parcela 5, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 5234/16 Alcance 1.
ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.