Boletines/General Villegas
Resolución Nº 188/18
General Villegas, 15/03/2018
Visto
El Expediente Nº 7450/13 Alcance 1, correspondiente a la habilitación municipal de un comercio, perteneciente a la señora Luciana Taraborelli, dedicado a la explotación de los rubros “Fábrica y Venta de Calzados, Boutique, Marroquinería, Accesorios”, a partir del 11 de octubre de 2013; y
Considerando
Que mediante Resolución Nº 363/14, agregada a fojas 38 y 39, se registró la habilitación provisoria, y subsiguientes renovaciones, correspondiente al Contribuyente Nº 21132.
Que por Expediente Nº 7450/13 Alcance 4, agregado a fojas 98, la titular del comercio solicita una extensión de la habilitación provisoria.
Que la Dirección de Rentas interviene a fojas 111, informando que el recurrente registra deuda en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Seguridad y Defensa Civil”.
Que analizadas las presentes actuaciones, surge que el contribuyente no ha podido cumplimentar con la totalidad de los requisitos exigidos en la legislación vigente (Libre Deuda expedido por la Oficina de Rentas y Plano de Obra aprobado por Municipalidad, según Ordenanza Nº 3666 – Anexo I – Capítulo I – Artículo Primero – Incisos 6 y 9).
Que a fojas 116 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, otorgando la prórroga requerida.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Prorrógase la habilitación provisoria otorgada por Resolución Nº 363/14 y subsiguientes renovaciones, de un comercio dedicado a la explotación de los rubros “FABRICA Y VENTA DE CALZADOS – BOUTIQUE – MARROQUINERÍA - ACCESORIOS”, denominación comercial “LUCIANA TARABORELLI”, de la señora LUCIANA TARABORELLI, D.N.I. Nº 33.423.516, Contribuyente Nº 21132, Codificadores de Rentas Nº 32000-13, 62200-02, 62200-03 y 62200-07, NIS Nº 1049075-01 – T1R – Residencial, con domicilio comercial en calle Alberti Nº 1285 de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 41b, Parcela 13c, fecha de alta 11 de octubre de 2013, no contando con empleados en relación de dependencia, Expediente Nº 7450/13 Alcance 1.
ARTÍCULO SEGUNDO: Concédase a la señora LUCIANA TARABORELLI, D.N.I. Nº 33.423.516, un plazo de ciento ochenta (180) días, para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666, y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO TERCERO: La prórroga concedida en el Artículo Primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.
ARTÍCULO CUARTO: Previo al vencimiento del plazo acordado en el Artículo Segundo, las oficinas competentes deberán requerir al recurrente, que cumplimente la documentación, de acuerdo a lo fijado por la Ordenanza Nº 3666; como así también informar que es obligación del contribuyente, comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación, dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.
ARTÍCULO QUINTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación, Compras y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.