Boletines/General Villegas

Resolución Nº187/18

Resolución Nº 187/18

General Villegas, 15/03/2018

Visto

El Expediente Nº 375/14 Alcance 1, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente al señor Norberto Ángel Doyle, dedicado a la explotación de los rubros “Rotisería – Servicio de Delivery”, con fecha 20 de enero de 2014, Contribuyente Nº 21209; y

Considerando

Que por Expediente Nº 375/14 Alcance 3, agregado a fojas 89, el recurrente comunica la baja de la actividad comercial, desde el 11 de mayo de 2016.

Que mediante Acta de Constatación Nº 5084, realizada el 12 de mayo de 2016, se verificó que el comercio se encuentra cerrado (fojas 92).

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 97, informando que el contribuyente no registra deuda.

Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.         

Que a fojas 101 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 11 de mayo de 2016, del comercio perteneciente al señor NORBERTO ANGEL DOYLE, DNI Nº 11.111.836, Contribuyente Nº 21209, habilitado con los rubros “ROTISERÍA – SERVICIO DE DELIVERY”, denominación comercial “DON OTTO”, NIS Nº 1054239-03 – T1GEE – Serv. Gral. Estacional, Codificadores de Rentas Nº 62100-07 y 63100-07,  con domicilio comercial en calle Los Álamos Nº 241 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Manzana 96aa, Parcela 19, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 375/14 Alcance 1.

ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.