Boletines/General Villegas

Resolución Nº183/18

Resolución Nº 183/18

General Villegas, 15/03/2018

Visto

El Expediente Nº 358/18, iniciado por el Secretario de Seguridad, solicitando se aplique una sanción disciplinaria a la agente Juliana Marlene Robledo, Legajo Personal Nº 4682, por inasistencias injustificadas en los días 29, 31 de Diciembre de 2017 y 01 de Enero 2018 y por retirarse sin autorización el día 30 de Diciembre de 2017 de sus tareas laborales; y

Considerando

Que la Dirección de Recursos Humanos interviene a fojas 3 y 4, informando datos de la agente y que registra antecedentes de sanciones disciplinarias e inasistencias injustificadas en su legajo.

Que el Régimen de Empleo Público para el personal de la Municipalidad de General Villegas, en los Artículos 65º y 66º establece las obligaciones y prohibiciones de los agentes municipales en el desempeño de sus tareas.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 5, sugiriendo el descuento de haberes correspondiente a los cuatro (4) días de ausencia sin justificar y que se aplique a la agente una sanción disciplinaria correctiva consistente en suspensión de un (1) día sin goce de haberes, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 103º inciso c) de la Ordenanza 5647, por incurrir con lo estipulado en el Artículo 65º inciso a) de dicha ordenanza.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Aplicase una sanción disciplinaria consistente en una “Suspensión” de un (1) días sin goce de haberes para el día 27 de marzo de 2018, a la agente transitoria mensualizada Juliana Marlene Robledo, Legajo Personal Nº 4682, 250 Módulos, 48 Horas Semanales, Jurisdicción 1110111000, Categoría Programática 82.00.00, conforme lo dispuesto en el Artículo 103 inciso c) de la Ordenanza Nº 5647, por infringir lo enunciado en el Artículo 65º inciso a) de dicha normativa.

ARTÍCULO SEGUNDO: Autorícese a la Dirección de Recursos Humanos a descontar cuatro (4) días en los haberes a percibir por la agente Juliana Marlene Robledo, Legajo Personal N°4682, por las razones expuestas ut supra. 

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Personal, Secretaría de Seguridad y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.