Boletines/General Villegas

Decreto Nº393/18

Decreto Nº 393/18

General Villegas, 19/03/2018

Visto

El Expediente Nº3727/2018, iniciado por el Director de Recursos Humanos, solicitando la baja de la agente Marta Noemí Formica, Legajo Personal N° 5076, DNI Nº 12.213.847, a partir del 23 de marzo de 2018, por cumplimentar los requisitos exigidos por la legislación vigente para acogerse al beneficio de jubilación ordinaria, consignando los datos personales; y

Considerando

Que asimismo informa que la agente percibirá anticipo jubilatorio por parte del Municipio equivalente al sesenta (60) por ciento de sus haberes, a partir de la fecha de cese y hasta tanto se haga efectivo el pago de la prestación previsional con cargo de restitución, conforme Ley N° 12.950 y su modificatoria Ley N° 13.547.

Que conforme a la legislación previsional vigente se cumplimentan los requisitos exigidos.

Que la Contaduría Municipal consignó la imputación del gasto.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Dése de baja a partir del 23 de marzo de 2018, a la agente Marta Noemi Formica, DNI Nº 12.213.847, Legajo Personal Nº5076, Subdirectora de Coordinación, Ejecución y Evaluación de Programas, 650 módulos, 40 horas semanales, Imputación RAFAM: Jurisdicción 1110109000 Secretaria de Acción Social, Act. Prog. 89, Act. Proy. 00, Act. Ob. 00, Taller Protegido, a los fines de acogerse al beneficio de jubilación ordinaria ante el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO SEGUNDO: La agente mencionada en el Artículo Primero, percibirá la suma equivalente al sesenta (60) por ciento de sus haberes, con cargo de restitución a partir de la fecha de cese y hasta tanto se haga efectivo el pago de su prestación previsional, en concepto de Anticipo Jubilatorio, conforme Ley 12.950 modificada por Ley 13.547.

ARTÍCULO TERCERO: Suscríbase el respectivo convenio.

ARTÍCULO CUARTO: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, deberá imputarse a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:

Objeto del Gasto:     6.2.1.1. Anticipo Jubilatorio

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal, Contaduría, Tesorería y Secretaría de Acción Social; cúmplase y archívese.