Boletines/General Villegas

Decreto Nº374/18

Decreto Nº 374/18

General Villegas, 14/03/2018

Visto

El Expediente N° 6863/17 iniciado por Vecinos del Paraje La Torrecita, solicitando autorización para realizar trabajos de Limpieza de cunetas, alteos, limpieza de alcantarillas y perfilado en Camino 2-3, ubicado en el Sector Vial 2 y acceso a Estancia Los Caldenes y posterior descuento con el monto que debe abonar cada contribuyente en concepto de Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal en el marco de la Ordenanza N° 5814/17; y

Considerando

Que los Caldenes S.A., Gustavo Savigliano Sociedad Anónima, Las Tres Hermanas S.A., Flojufer S.A., Pamperito de Venado Tuerto SRL, Francisca Yolanda Pellejero y Eduardo Garín, acompañan informe con detalle de tareas a realizar, presupuesto por trabajo de limpieza de cunetas, realización de alteos, limpieza de alcantarillas y perfilados de Tecnogen Argentina S.R.L. por la suma total de $ 280.120 (no incluye IVA), Cotización alteo de caminos de Lucas Aguirre Construcciones SRL por la suma total de $ 358.000 (no incluye IVA), presupuesto de Tecnogen Argentina SRL por trabajos de alteo en acceso a Los Caldenes por la suma de $ 138.600 (no incluye IVA) y presupuesto del Ing. José Luis Giménez por limpieza de cunetas y realización de trabajos de alteo a Los Caldenes por la suma de $ 149.800 (fs.5 a 11).

Que a fojas 13 interviene la Dirección Vial autorizando la realización de los trabajos requeridos.

Que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, no formula objeciones a lo actuado (fs. 14).

Que Departamento Catastro interviene a fojas 16 y 17, individualizando los inmuebles alcanzados por los trabajos, a los contribuyentes y titulares.

Que la Dirección de Rentas interviene de fojas 19 a 85, emitiendo el estado de la cuenta corriente de cada contribuyente al 23 de agosto del corriente año.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos a fojas 86 y 87, analiza el pedido formulado en las presentes actuaciones en el marco de la declaración de emergencia vial realizada por Ordenanza N° 5814/17 y restante legislación vigente en la materia, sugiriendo la intervención de la Comisión Interna de Tasación y posteriormente el descuento proporcional en la suma que deban abonar en concepto de Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal.

Que la Dirección de Rentas actualiza su informe (Fs. 89 a 120).

Que de fojas 127 a 142 se agregan facturas presentadas por los contribuyentes.

Que el Director Vial confirma la ejecución de los trabajos de mantenimiento y reparación del Camino 2-3 correspondiente a la localidad de Cañada Seca, Sector 2 del Plan Director Vial a fojas 144.

Que la Comisión Interna de Tasación Municipal interviene a fojas 146 y 147, expresando que los montos presupuestados por la ejecución de limpieza de cunetas y alcantarillas, realización de alteos y perfilado del camino 2-3, se encuentran a valor corriente en plaza bajo las condiciones actuales de mercado.

Que Departamento Catastro y Dirección de Rentas amplían sus informes de fojas 175 a 282.

Que de la documentación acompañada por los contribuyentes surge que la parcela 1271m, se encuentra en trámite la transferencia de dominio a favor de Eduardo Garin, por lo que resulta necesario dejar pendiente de resolución el pedido de reconocimiento de deuda hasta tanto el contribuyente mencionado regularice y acompañe la escritura traslativa de dominio y su inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires.

Que la Ordenanza Fiscal N° 4555 (T.O) establece en el Título XXIX que por la prestación de los servicios de conservación, reparación y mejorado de calles y caminos rurales de jurisdicción municipal los titulares de dominio, poseedores a título de dueño, nudos propietarios y/o usufructuarios de parcelas rurales deberán abonar el monto que en concepto de Tasa por conservación, reparación y mejorado de la red vial municipal al efecto se establezca, tomando como base imponible la cantidad de hectáreas o fracción superior a 51 áreas.

Que la Ordenanza Tributaria determina la alícuota que deben tributar por hectárea los contribuyentes de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal.

Que por Ordenanza N° 5814/17 el Honorable Concejo Deliberante declaró en emergencia a la Red Vial Municipal, autorizó a resolver con urgencia los gastos relacionados, coordinar con los productores agropecuarios a realizar trabajos de reparación y mantenimiento de la red vial y descontar la inversión de la obra realizada con el monto a abonar en concepto de la Tasa por conservación, reparación y mejorado de la red vial municipal correspondiente al ejercicio 2017.

Que en las presentes actuaciones se cumplimentaron los extremos exigidos por la Ordenanza N° 5814/17, por lo que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Autorícese a las oficinas competentes a descontar la suma de Pesos Doscientos ochenta y cinco mil novecientos veinticuatro con setenta y siete centavos ($ 285.924,77) del monto a abonar en concepto de cuota 4 del ejercicio 2017 de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal” por los Contribuyentes N° 34345, 34346, 34348, 34349, 34425, 34491, 34492, 34493, 34494, 34495, 34496, 34497, 34498, 34499, 34500, 34501, 34502, 34503, 34504, 34505, 34506, 34507, 34508, 34509, 34510, 34511, 34512, 34513, 34514, 34515, 34516, 34517, 34518, 34519, 34520, 34521 y 34522, correspondiente a los inmuebles individualizados catastralmente como Circunscripción XIII, Sección Rural, Parcelas 1271a, 1271c, 1271e, 1271f, 1336b, 1336c, 1336d, 1336e, 1336f, 1336g, 1336h, 1336j, 1336k, 1336m, 1336n, 1336p, 1336r, 1336s, 1336t, 1336v, 1336w, 1336x, 1336y, 1336z, 1336aa, 1336bb, 1336cc, 1336dd, 1336ee, 1336ff, 1336gg, 1336hh, 1336jj, 1336kk, 1336mm, 1336nn y 1336pp, Titular Caldenes S.A., en el marco de la Ordenanza N° 5814/17.

ARTÍCULO SEGUNDO: Autorícese a las oficinas competentes a descontar la suma de Pesos cinco mil doscientos cuarenta y uno con noventa y seis centavos ($5.241,96), del monto a abonar en concepto de cuotas 3 y 4 ejercicio 2017 de la “Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal” por el Contribuyente N° 34325, correspondiente al inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción XIII, Sección Rural, Parcela 1271h, titular Pamperito de Venado Tuerto S.R.L., en el marco de lo dispuesto por la Ordenanza N° 5814/17.

ARTÍCULO TERCERO: Autorícese a las oficinas competentes a descontar la suma de Pesos Sesenta mil novecientos noventa con cincuenta y ocho centavos ($60.990,58) del monto a abonar en concepto de cuota 4 del ejercicio 2017 de la “Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal” por los Contribuyentes N° 34320, 34327, 34328, 34329, 34361, 34362, 34363, 34364, 34373, 34374, 34375, 34376, 34377, 34418, 34419, 34420, 34421, 34422, 34424, 34578, 34579 y 34580, correspondiente a los inmuebles individualizados catastralmente como Circunscripción XIII, Sección Rural, Parcelas 1256, 1263, 1264, 1265, 1281, 1282, 1283, 1284, 1293, 1294, 1295, 1296, 1297, 1335c, 1335d, 1335e, 1335f, 1335g, 1335n, 1337b, 1337c y 1337a, Titular Gustavo Savigliano Sociedad Anónima, en el marco de la Ordenanza N° 5814/17.

ARTÍCULO CUARTO: Autorícese a las oficinas competentes a descontar la suma de Pesos dieciocho mil quinientos ochenta y cinco con diez centavos ($18.585,10) del monto a abonar en concepto de cuotas 3 y 4 del ejercicio 2017 de la “Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal” a los Contribuyentes N° 35674 y 35675, correspondientes a los inmuebles individualizados catastralmente como Circunscripción XIII, Sección Rural, Parcelas 1271r y 1271s, titular FLOJUFER S.A. en el marco de lo dispuesto por la Ordenanza N° 5814/17.

ARTÍCULO QUINTO: Autorícese a las oficinas competentes a descontar la suma de Pesos Once mil novecientos trece con cincuenta y tres centavos ($11.913,53) del monto a abonar en concepto de cuotas 3 y 4 del ejercicio 2017 de la “Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal” por el Contribuyente N° 33104, correspondiente al inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción X, Sección Rural, Parcela 951, titular Ester Capellino y Raquel Capellino, usufructuaria Francisca Yolanda Pellejero, en el marco de lo dispuesto por la Ordenanza N° 5814/17.

ARTÍCULO SEXTO: Autorícese a las oficinas competentes a descontar la suma de Pesos veintinueve mil quinientos cuarenta y cinco con cincuenta y seis centavos ($ 29.545,56) del monto a abonar en concepto de cuotas 3 y 4 del ejercicio 2017 de la “Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal” por el Contribuyente N° 34667, correspondiente al inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción XIII, Sección Rural, Parcela 1335k, titular Las Tres Hermanas S.A en el marco de lo dispuesto por la Ordenanza N° 5814/17.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Rechácese el pedido de descuento en el marco de lo dispuesto por la Ordenanza N° 5814/17, del monto a abonar en concepto de Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal” cuotas 3 y 4 ejercicio 2017, formulado por el señor Eduardo Fernando Garín, Contribuyente N° 35637, correspondiente al inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción XIII, Sección Rural, Parcela 1271m, hasta tanto acompañe la escritura traslativa de dominio y la constancia de inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO OCTAVO: Autorícese a las oficinas competentes a reliquidar la deuda de los contribuyentes enunciados en los artículos primero, segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto sin intereses, ni multas atento a lo dispuesto por la Ordenanza N° 3382.

ARTÍCULO NOVENO: Autorícese a las oficinas competentes a realizar las adecuaciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto.

 ARTÍCULO DECIMO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Secretaría de Hacienda y Finanzas, Dirección de Rentas, División Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Dirección Vial y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.