Boletines/General Villegas
Decreto Nº 339/18
General Villegas, 07/03/2018
Visto
El Expediente Nº 9204/17, mediante el cual se tramitó la Licitación Privada Nº 41/17 destinada a la “Provisión de maquinarias y mano de obra” para la “Conservación y reparación de caminos - Coronel Charlone - Santa Regina, Camino 5-3 y ermita San Ceferino”; y
Considerando
Que el Director Vial a fojas 86, informa que se procedió a dar conformidad al Acta de Recepción Provisoria y Definitiva de los trabajos pertenecientes a la licitación mencionada, con fecha 10 de noviembre de 2017 y 14 de febrero de 2018 respectivamente y que debería procederse a la devolución del dinero en efectivo retenido en concepto de garantías aportadas por el señor Miguel Ernesto Barraco.
Que de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Legales Generales del Pliego de Bases y Condiciones de la licitación, se deberá proceder conforme a lo solicitado.
Que la Contaduría Municipal informa la imputación a fojas 88.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Dése por recibida provisoriamente la totalidad de los trabajos correspondientes a la Licitación Privada Nº 41/17 destinada a la “Provisión de maquinarias y mano de obra” para la “Conservación y reparación de caminos - Coronel Charlone - Santa Regina, Camino 5-3 y ermita San Ceferino”, según Acta del día 10 de noviembre de 2017, firmada entre la Municipalidad de General Villegas y el señor Miguel Ernesto Barraco, en representación de la firma adjudicataria, conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 9204/17.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dése por recibida definitivamente la totalidad de los trabajos pertenecientes a la Licitación Privada mencionada en el Artículo Primero, según Acta del día 14 de febrero de 2018, firmada entre la Municipalidad de General Villegas y el señor Miguel Ernesto Barraco, en representación de la firma adjudicataria, conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 9204/17.
ARTÍCULO TERCERO: Devuélvase al señor Miguel Ernesto Barraco, el dinero en efectivo retenido en concepto de garantía, conforme lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, según el siguiente detalle:
ARTÍCULO CUARTO: La devolución mencionada en el Artículo Tercero, deberá ser imputada con cargo a la siguiente Partida:
71001 - Depósitos en Garantía
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Obras y Servicios Públicos, Contaduría, Tesorería y Compras; cúmplase y archívese.