Boletines/Chascomús
Decreto Nº 938/24
Chascomús, 28/10/2024
PROMULGANDO ORDENANZA 5853/24
Visto
La Ordenanza Nº 5853/24 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en la 16º Sesión Ordinaria, celebrada el 24 de Octubre de 2024, la que fue notificada al Departamento Ejecutivo con fecha 28 de Octubre de 2024.-
Considerando
Que el artículo 108º de la Ley Orgánica de las Municipalidades atribuye al Señor Intendente Municipal la facultad de promulgar y reglamentar las ordenanzas.
Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Promúlguese la Ordenanza 5853.-
ARTICULO 2º.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de Desarrollo Turístico, Productico y Cultural, Secretaría de Seguridad Ciudadana, Inspectoría, Dirección de Comunicación y Dirección de Asuntos Legales.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese dese al Registro Municipal y archívese.-