Boletines/Chascomús
Decreto Nº 934/24
Chascomús, 28/10/2024
SUBSIDIO
Visto
El Expediente Administrativo GDE EX-2023-00049703-CHASCOMUS-MESA#SG, caratulado “Solicitud de subsidio de alquiler”, el Decreto 480/2024; y
Considerando
Que en el orden 31 se agrega la hoja de solicitud de subsidio individual, mediante la cual, se le da curso favorable a la petición de subsidio para afrontar gastos de alquiler.
Que atento a la situación descripta que se encuentra acreditada con los antecedentes obrantes en estos actuados, la Asesoría Letrada ha dictaminado que resulta adecuado al cumplimiento de los fines del Estado continuar con el acompañamiento a la peticionante con la renovación del subsidio otorgado para el pago de alquiler de conformidad con las consideraciones ut supra expuestas, debiendo verificarse por parte de la Secretaría de Desarrollo Social la utilización del subsidio otorgado para los fines que fue peticionado.
Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Otórguese subsidio, tramitado mediante Expediente Administrativo GDE EX-2023-00049703-CHASCOMUS-MESA#SG, para continuar cubriendo gastos de alquiler de vivienda, sito en la calle Salinas Grandes N° 1244 de esta ciudad, de conformidad con lo expuesto en el exordio.-
ARTICULO 2°.- El monto total de la ayuda asciende a la suma de PESOS SETENTA Y CUATRO MIL ($ 74.000), a abonarse en dos (2) cuotas de PESOS TREINTA Y SIETE MIL ($ 37.000) cada una, correspondientes a los alquileres de noviembre y diciembre de 2024, sin cargo de reintegro y sin obligación de rendición de cuentas.-
ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 37.01.00, Partida 5.1.4., Fuente 132, Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales (11.4.09.00).-
ARTICULO 4°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de Desarrollo Social, Equipo Técnico de Capital Humano, Contaduría, Tesorería y beneficiaria.-
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) y la Secretaria de Desarrollo Social (Yanina Gazzaniga).-
ARTÍCULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-