Boletines/Chascomús

Decreto Nº914/24

Decreto Nº 914/24

Chascomús, 22/10/2024

LICENCIA

Visto

El Expediente Administrativo GDE EX-2024-00042446- -CHASCOMUS-DCH#SRHDP caratulado “Solicitud de licencia LUNA Jonathan”; y

Considerando

Que mediante nota el Agente LUNA Jonathan, DNI 36.213.993 Legajo N° 10.172, solicita Licencia sin Goce de Haberes por el termino de tres (3) meses, a partir del día 15/10/2024 hasta el día 15/01/2025.

Que el agente perteneciente a Planta Permanente se desempeña en el área de Alumbrado Público dependiente de la Secretaria de Obras, Servicios Públicos y Ambiente.

Que la Ley 14656 establece en su art. 96 que “Por causas no previstas en esta ley y que obedezcan a motivos de real necesidad debidamente documentados, podrán ser concedidas licencias especiales con o sin goce de haberes…”.

Así el citado artículo mantiene en idénticos términos la licencia prevista por el art 46 de la ley 11757 respecto del cual la Asesoría General de Gobierno en Dictamen Nro 83359-4 ha sostenido que la amplitud de los términos del art 46 Ley 11757 deja al DE un amplio margen de discrecionalidad en cuanto al otorgamiento de la licencia, su duración o extensión y si el agente percibirá durante la misma sus haberes, pues el precepto nada dice.

Que al orden 3 del expediente administrativo el Secretario de Obras, Servicios y Ambiente autoriza otorgar la licencia sin goce de haberes por tres meses consecutivos a partir del día 1/08/2024.

Que en consecuencia la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado proceder a otorgar la Licencia sin goce de haberes por el termino de tres (3) meses a partir del día 15/10/2024 hasta el día 15/01/2024 en los términos del artículo 96 de la Ley Nº 14.656.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Autorícese Licencia Especial sin goce de haberes al Agente LUNA Jonathan Legajo N° 10172 de conformidad con lo prescripto por el art. 96º de la Ley 14.656, desde el día 15/10/2024 hasta el 15/01/2025 inclusive, quien desempeña tareas en la Secretaria de Obras, Servicios Públicos y Ambiente.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaria Privada, Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Ambiente, Dirección Administrativa de RR.HH., Dirección de Liquidaciones y agente.-

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Secretario de Recursos Humanos (José Yezza Ross).-

ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal  y archívese.-