Boletines/Chascomús
Decreto Nº 912/24
Chascomús, 22/10/2024
ESTACIONAMIENTO EXCLUSIVO
Visto
El Expediente Administrativo GDE EX-2023-00046343-CHASCOMUS-MESA#SG, caratulado “Solicitud de estacionamiento exclusivo por discapacidad RUSSO GUSTAVO FABIAN”; y
Considerando
Que mediante nota RUSSO Gustavo Fabián, DNI 20.007.988, con domicilio en calle Lincoln N° 81 de ésta ciudad, se presenta solicitando permiso para la colocación de cartelería para reserva del lugar de estacionamiento, expresando que posee CUD y al poseer movilidad reducida le resulta complejo estacionar debido a la gran circulación que existe en ambas arterias.
Que acompaña Certificado Único de Discapacidad, y nota por la cual se notifica del costo de la cartelería de estacionamiento exclusivo y que el mismo estará a su cargo, manifestando conformidad.
Que en el orden 6, la Secretaria de Seguridad Ciudadana ha realizado Informe Técnico, considerando factible hacer lugar a lo solicitado por el peticionante, conforme las siguientes observaciones “…concretamente, sobre la calle Lincoln N° 81 de esta ciudad, podemos decir que conforme la Ordenanza Municipal N° 5028/16, el estacionamiento en dicha arteria debe realizarse sobre la vereda ESTE, aclarando que el domicilio del mencionado se encuentra sobre la vereda OESTE, por lo que se deduce que en principio, de establecerse, debería efectuarse el estacionamiento sobre la vereda al frente de su propiedad, teniendo lugar disponible, y en cuanto al local comercial del señor RUSSO, sito en calle Belgrano N° 352”.
Que al orden 17 del Expediente Administrativo obra informe elaborado por la Dirección de Accesibilidad y Derechos de las Personas con Discapacidad, del cual surge que “se considera oportuno proceder a colocar la cartelería en el domicilio del Sr. RUSSO Gustavo Fabián sito en Lincoln 81 (entre Soler y Arenales) y en el local comercial donde se desempeña laboralmente sito en calle Belgrano N 352 esquina Maipú de esta ciudad”.
Que el Art. 2 de la Ley 24.449 (texto según Ley 26.363) dispone que “…La autoridad correspondiente podrá disponer por vía de excepción, exigencias distintas a las de ésta ley y su reglamentación, cuando así lo dispongan fundadamente, específicas circunstancias locales. Podrá dictar también normas exclusivas, siempre que sean accesorias a las de ésta ley y se refieran al tránsito y estacionamiento urbano, al ordenamiento de la circulación de vehículos de transporte, de tracción a sangre y a otros aspectos fijados legalmente”.
Que mediante la Ordenanza 1994/94 se autoriza al DE a disponer el Libre Estacionamiento frente a lugares públicos o privados para el ascenso y descenso de personas con discapacidad.
Que la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado hacer lugar a lo peticionado procediéndose a demarcar el estacionamiento exclusivo en el domicilio sito en Lincoln Nº 81 (entre Soler y Arenales) y en el local comercial donde se desempeña laboralmente sito en calle Belgrano Nº 352 esquina Maipú de esta ciudad.
Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Autorícese a delimitar una zona de estacionamiento exclusivo con la demarcación y cartelería correspondiente, frente al domicilio de residencia del Sr. RUSSO Gustavo, DNI 20.007.988, sito en Lincoln Nº 81 (entre Soler y Arenales) y en el local comercial donde se desempeña laboralmente sito en calle Belgrano Nº 352 esquina Maipú de esta ciudad, de conformidad con la Ordenanza 1994/94 y conforme a lo expuesto en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Los gastos correspondientes a la demarcación de la zona de estacionamiento exclusivo serán en su totalidad por cuenta del beneficiario, debiendo realizarse la misma conforme las instrucciones que se le brindarán a través del Personal de la Dirección de Seguridad Urbana Municipal.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de Seguridad Ciudadana, Dirección de Ingresos Públicos y solicitante al domicilio sito en calle Lincoln N° 81.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-