Boletines/Chascomús

Decreto Nº905/24

Decreto Nº 905/24

Chascomús, 22/10/2024

TITULO EJECUTIVO

Visto

El Expediente Administrativo GDE  EX-2024-00009740-CHASCOMUS-OMIC#SG, caratulado “VERA DAIANA GISELLE C/ VIVIENDAS ALMAS S.A.S S/ DENUNCIA”; y

Considerando

Que al orden 17 del Expediente Administrativo, obra la sentencia emitida por el Juez de Faltas Municipal, en la cual dispuso imponer a INDUSTRIAS ALMAS S.A.S, CUIT 30-71689782-2, con nombre de Fantasía Viviendas Almas S.A.S, y con domicilio en calle Mendoza N° 2566 de la Ciudad de San Justo, Partido de La Matanza, una MULTA de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA MIL OCHOCIENTOS VEINTITRES CON 25/100 ($ 6.560.823.25), por la infracción a los Artículos 8 bis, 19 y 45 de la Ley Nacional 24240 , más la reposición en concepto de Tasa de Actuación, el Sellado (Derecho de Oficina Fiscal Impositiva 2021) por actuación municipal, Titulo X articulo 15 punto 23 la suma de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL OCHENTA Y DOS CON 1/100 ($ 39.082.01).

 Que dicha multa debía abonarse en el plazo improrrogable de diez (10) días hábiles de notificada la sentencia y depositar ante una cuenta bancaria del Banco Provincia de Buenos Aires, sucursal 6942, en pesos Cuenta 9007/2, CUIT 30- 99926759-5, CBU 0140331001694209000728, “Municipalidad de Chascomús”, debiendo el infractor presentar el comprobante de depósito ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor, sita en calle Dorrego Nº 229 de Chascomús, caso contrario se remitirán las actuaciones al Área de Asuntos Legales de la Municipalidad de Chascomús para iniciar juicio de apremio en procura de su cobro.

Que al orden 50 obra constancias de notificación que se envió al infractor, en la que se transcribió la mencionada Disposición, sin que se procediere a su complimiento o depósito.

Que en efecto, resulta necesario a los fines de reclamar las mencionadas sumas por la Vía de Apremio, confeccionar el pertinente Título Ejecutivo.

Que la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que deberá llevarse adelante el proceso judicial de apremio, en procura del cobro de la multa dispuesta por la Oficina Municipal de Información al Consumidor, debiéndose emitir el correspondiente título ejecutivo.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Procédase a la Emisión de Título Ejecutivo correspondiente por  la multa impuesta a la firma INDUSTRIAS ALMAS S.A.S, CUIT 30-71689782 -2 con domicilio en calle Mendoza N° 2566 Ciudad de San Justo, Partido de la Matanza, Provincia de Buenos Aires, por la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA MIL OCHOCIENTOS VEINTITRES CON 25/100 ($ 6.560.823.25) con mas la suma de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL OCHENTA Y DOS CON 01/100 ($ 39.082.01) dispuesta en el marco del Expediente Administrativo EX-2024-00009740-CHASCOMUS-OMIC#SG, de conformidad a las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Iníciese la correspondiente acción judicial para perseguir el cobro por la Vía de Apremio a través de la Dirección de Asuntos Legales.-

ARTICULO 3°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Contaduría, Cómputos, Oficina Municipal de información al Consumidor y  Dirección de Asuntos Legales.-

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-

ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-