Boletines/Chascomús

Decreto Nº904/24

Decreto Nº 904/24

Chascomús, 22/10/2024

LICENCIA

Visto

El Expediente Administrativo GDE Nº EX-2024-00040503- -CHASCOMUS-SRRHH caratulado “LICENCIA S/GOCE MONTENEGRO Jorge Norberto Leg. 9.880 DNI 17.076.661 Del 1/10/24 hasta el 31/10/24"; y

Considerando

Que mediante nota el Agente MONTENEGRO Jorge Norberto, DNI 17.076.661, solicita licencia sin goce de haberes por el plazo de 1 mes por motivos personales.

Que la Ley 14.656 establece en su art. 96 que “Por causas no previstas en esta ley y que obedezcan a motivos de real necesidad debidamente documentados, podrán ser concedidas licencias especiales con o sin goce de haberes…”.

Asi el citado artículo mantiene en idénticos términos la licencia prevista por el art 46 de la ley 11757 respecto del cual la Asesoría General de Gobierno en Dictamen N° 83359-4 ha sostenido que la amplitud de los términos del art 46 Ley 11757 deja al DE un amplio margen de discrecionalidad en cuanto al otorgamiento de la licencia, su duración o extensión y si el agente percibirá durante la misma sus haberes, pues el precepto nada dice.

Que el agente se desempeña en la Dirección de Salud Comunitaria dependiente de la Secretaria de Salud Pública.

Que al orden 3 l del expediente administrativo la Directora de Salud Comunitaria autoriza la licencia sin goce de haberes haciendo saber que la misma se extenderá desde el día 1/10/2024 al 31/10/2024.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Autorícese licencia especial sin goce de haberes al Agente Montenegro Jorge Norberto, Legajo N° 9880 de conformidad con lo prescripto por el art. 96º de la Ley 14.656, desde el día 1/10/2024 hasta el 31/10/2024 quien desempeña sus tareas en la Dirección de Salud Comunitaria dependiente de la Secretaria de Salud Pública.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de Salud Pública, Dirección Administrativa de RR.HH., Dirección de Liquidaciones y agente.-

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Secretario de Recursos Humanos (José Yezza Ross).-

ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-