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Ordenanza Nº5851/24

Ordenanza Nº 5851/24

Chascomús, 26/09/2024

VISTO:

La realización del evento turístico, cultural, recreativo y productivo “Festival del Paseo” que se realizará los días 11, 12 y 13 de octubre del corriente año; y

CONSIDERANDO:

Que el evento representa un atractivo social, cultural y recreativo de la comunidad y constituyendo también un atractivo turístico.

Que la producción y el consumo promueven el desarrollo de la economía local.

Que el evento se realizará en el predio del Paseo de Artesanos y Emprendedores, y debido a la cantidad de participantes y actividades previstas, será necesario conectar éste primer boulevard con el segundo boulevard, siendo necesario el corte de la calle ubicada entre los boulevares de Av. Perón entre las intersecciones con calle Córdoba (al Oeste) y calle Venezuela (al Este).

Que resulta necesario organizar el tránsito vehicular los días 11, 12 y 13 de octubre, desde las 9:00 hs. hasta las 20:00 hs. cada día.

Que se hace necesario realizar los actos administrativos correspondientes a fin de cumplimentar con la Ordenanza N° 3473.

 Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús sanciona la siguiente

ORDENANZA

ARTICULO 1º.-  Autorícese el corte de la calle ubicada entre los boulevares de la Av. Perón, en las intersecciones de las calles Córdoba y Venezuela de nuestra ciudad, en los días 11, 12 y 13 de octubre del corriente año, desde las 9:00 hs. hasta las 20:00 hs. cada día, con motivo de llevarse a cabo el evento “Festival del Paseo”.-

ARTICULO 2°.- Establézcase el corte de tránsito vehicular correspondiente, con la asistencia de Seguridad Ciudadana en los horarios, días y calles descritos en el artículo precedente.-

ARTICULO 3°.- De forma.-