Boletines/Chascomús
Decreto Nº 885/24
Chascomús, 14/10/2024
ADICIONAL OBRA CENTRO UNIVERSITARIO BARRIO 30 DE MAYO
Visto
El Expediente Administrativo Nº4030-161784/M Alc. 8 caratulado “Ampliación de Obra. Construcción Centro Universitario Chascomús. Barrio 30 de Mayo”; y
Considerando
Que a través del Expediente Administrativo 4030-161784/M Alcance I caratulado “Construcción de Centro Universitario Chascomús en Barrio 30 de Mayo” se adjudico a PROGRADIOR S.A la Licitación Pública N° 11/2023, encomendándole el primer módulo de construcción del Centro Universitario de Chascomús.
Que es necesario aclarar que el proyecto del Centro Universitario se pensó para desarrollarse de manera modular, para que pueda ser construido por etapas y permitir su utilización aunque no esté concluido totalmente.
Que a fs. 8 del Expediente Administrativo descripto en el visto el Secretario de Obras, Servicios Públicos y Ambiente expone “… En las actuales circunstancias se hace posible la concreción de un acceso propio para el Centro Universitario, lo que permitiría el fluido acceso al mismo por parte de los estudiantes por calle Serantes, quedando independiente del acceso al CIC y el cerramiento de dicho frente, que otorgaría una mayor seguridad al edificio.
La empresa contratista presenta un presupuesto para la construcción de dicho acceso respetando la arquitectura existente de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS CON 25/100 ($10.150.232,25), considerando adecuado y conforme a precios del mercado para esta Secretaría.
Dicho valor representa un 33.83% del valor de la obra original y un 12.38% considerando el valor redeterminado de la obra al mes de Marzo 2027, que sería más adecuado para este caso”
Que asimismo, el Secretario de Obras, Servicios Públicos y Ambiente presta conformidad a la ampliación de obra por encuadrarse en el Art 146 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Así, el citado artículo establece “El Departamento Ejecutivo podrá disponer aumentos o reducciones de ítems contratados o creación de nuevos ítems cuyo valor no exceda en conjunto el veinte (20) por ciento del monto total del contrato, los que serán obligatorios para el contratista.
También el Intendente podrá disponer, previo dictamen del organismo técnico municipal, trabajos que superen el porcentaje precedente y que resulten indispensables, urgentes o convenientes en una obra en curso de ejecución siempre que el importe de estos trabajos no exceda el cincuenta (50) por ciento del monto total contratado”.
Que, en virtud de lo expuesto, la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que podrá el D.E. autorizar el adicional de obra de construcción de cerramiento exterior del Centro Universitario de Chascomús con lo prescripto por el Art. 146 de la LOM, debiendo dictarse el acto administrativo correspondiente.
Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Autorícese un adicional de obra por la suma PESOS DIEZ MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS CON 25/100 ($10.150.232,25) para la ejecución de los trabajos indicados en el exordio a la firma PROGRADIOR S.A.-
ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 36.67.00, Partida 4.2.1, F.F. 132 (Afectado – De Origen Provincial – Código de Recurso 22.5.01.25).-
ARTICULO 3°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Ambiente, Contaduría, Tesorería, Dirección de Presupuesto y PROGRADIOR S.A.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Obras, Servicios Públicos y Ambiente (Jorge Marino) y el Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-