Boletines/Chascomús
Decreto Nº 880/24
Chascomús, 09/10/2024
EXIMICION IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES
Visto
El Expediente Administrativo GDE EX-2024-00038178--CHASCOMUS-MESA#SG caratulado “ELGERT SUSANA LUISA S/ SOLICITUD EXIMICION EXPTE 165415”; y
Considerando
Que la peticionante Susana Luisa ELGERT, DNI 20.732.046 con domicilio en calle Uruguay N° 165 de Chascomús y domicilio electrónico en susanaelgert@gmail.com, solicita la exención de pago del Impuesto a los Automotores para el período fiscal 2024 del vehículo Marca Ford Focus Exe Trend 2.0L Nafta Año 2011, Dominio KCI817, identificado con la cuenta V-13333-0, cuya titular resulta ser su cónyuge Alberto Rodolfo Yalul.
Que fundamenta su pedido en el hecho de presentar una discapacidad; adjuntando copia de su Certificado Único de Discapacidad (CUD), conforme consta en el orden 8.
Que, tratándose del Impuesto a los Automotores, resulta de aplicación en forma análoga la normativa provincial respecto de los vehículos “municipalizados”, según lo previsto en el Decreto 226/03 del Poder Ejecutivo Provincial.
Que en relación al tema planteado, el inciso f) del artículo 243º del Código Fiscal reconoce el beneficio de exención del pago de impuesto al automotor, cuando el mismo esté a nombre del discapacitado o afectado a su servicio.
“Se reconocerá el beneficio por única unidad, cuando la misma esté a nombre de la persona con discapacidad o afectada a su servicio; en este último caso el titular deberá ser el cónyuge, ascendiente, progenitor afín en los términos de los artículos 672 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, descendiente, colateral en segundo grado, tutor, curador o guardador judicial, la persona que sea designada apoyo en los términos del artículo 43 del Código Civil y Comercial de la Nación conforme las facultades conferidas en la sentencia que lo establezca, o la pareja conviviente cuando acredite un plazo de convivencia no menor a dos (2) años, mediante información sumaria judicial o inscripción en el Registro de Uniones Convivenciales…”.
Que se acompaña informe de deuda constatando que el vehículo no registra deuda por los períodos anteriores.
Que en virtud de haberse acreditado la titularidad del vehículo, carnet de conducir y constancia de pago de seguro, y que ha presentado CUD expedido en los términos de la ley 22.431, y acreditado su condición de cónyuge, resulta procedente otorgar la exención de pago del Impuesto a los Automotores en un 100% (conf. Ley 15.079), siempre que no se verifiquen cambios de alguna de las circunstancias que dan origen a la presente eximición.
Que la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que corresponde hacer lugar a la eximición peticionada.
Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Exímase en un 100% el pago del Impuesto a los automotores en los términos del inciso f) del Art. 243º del Código Fiscal de la provincia de Buenos Aires al titular del vehículo Dominio KCI187, Marca Ford Focus Exe Trend 2.0L Nafta, Año 2011 identificado como V-13333-0, siempre que no se modifiquen las circunstancias que originaron el beneficio de conformidad con las consideraciones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Ingresos Públicos y peticionante al domicilio Uruguay N° 165 de Chascomús y domicilio electrónico en susanaelgert@gmail.com.-
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda (Juan facundo Alfonsín).-
ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-