Boletines/Coronel Rosales

Resolución Nº295

Resolución Nº 295

Coronel Rosales, 24/10/2024

Visto

La necesidad de dar pleno cumplimiento al “Interés Superior del Niño” establecido por el Artículo 4º de la Ley Provincial 13.298 de Promoción y Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, y

Considerando

Que el Estado es la instancia que mayor compromiso debe ejercer con la Promoción y Protección de los Derechos de las Infancias, en el conjunto de los actores involucrados en el ejercicio de la corresponsabilidad;

Que la corresponsabilidad de todos los organismos públicos, privados, gubernamentales y no gubernamentales, en torno a la Protección de la Niñez,  es indispensable para que cada Niño, Niña y/o Adolescente sea resguardado de todo tipo de vulneración sobre su integridad psico-física;

Que, el trabajo conjunto de los actores que deben proteger a las infancias debe, como condición “sine qua non”, ser movido por el interés primordial de los propios Niños, Niñas y Adolescentes;

Que el modo a través del cual la Niñez debe ser involucrada en su propio proceso de Protección, es la escucha. Los Niños, Niñas y Adolescentes deben tener voz activa tanto en las propuestas, como en la toma de decisiones que hacen al Sistema de Promoción y Protección de Derechos;

Que este proceso de escucha debe darse en un marco formalizado, guiado por equipos profesionales pertinentes, los cuales deben estar capacitados en la legislación vigente en torno a la Protección de Derechos;

Que durante la gestión municipal anterior, a partir del año 2016 se implementaron anualmente espacios de escucha para los Niños, Niñas y Adolescentes de Coronel Rosales, denominados “Foros Locales de Niñez”;

Que, de estos espacios de diálogo abierto participaron alrededor de 300 Niños y Niñas por año, siendo convocados por el Estado Municipal, con una guía de trabajo tendiente a la Promoción y el conocimiento pleno de los Derechos de las Infancias, y una jornada de talleres en las que los mismos protagonistas plantearon “Cómo deseaban ser cuidados por sus adultos de referencia”;

Que para realizar los foros, se convocaron Niños y Niñas de Servicios Educativos, Iglesias, Clubes, Grupos Scouts, entre otras organizaciones de Coronel Rosales;

Que, año a año la temática a tratar fue diferente, y se realizó en espacios públicos o clubes, según las condiciones climáticas dadas cada foro;

Que cada año, los propios Niños redactaron documentos que fueron socializados por los medios de comunicación locales y analizados profesionalmente para ser plasmados en políticas públicas de Protección de Derechos ejercidas posteriormente por la gestión municipal;

Que es necesario darle un marco legislativo a estos espacios de construcción colectiva, para que se transformen en una obligación del Estado Municipal, más allá de la gestión de turno; entendiendo la importancia primordial de este dispositivo para que las políticas de Protección de la Niñez se conciban desde las propias necesidades e intereses de los protagonistas;

Que es pertinente que estos espacios sigan realizándose anualmente durante el mes de noviembre, en el cual se celebra el “Día Internacional de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes”;

POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES RESUELVE

Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales se dirige al Departamento Ejecutivo a los efectos que analice la posibilidad de crear el Programa “Foro Local por los Derechos de los Niños, Niñas y  Adolescentes” el distrito de Coronel Rosales, dependiente del Departamento Ejecutivo Municipal.

Artículo 2º: En Sugerencia de la formulación del Programa enunciado en el Artículo precedente se proponen las siguientes indicaciones:

  • AUTORIDAD DE APLICACIÓN. La Autoridad de Aplicación del Programa “Foro Local por los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes” será la Secretaría de Desarrollo Comunitario del Municipio de Coronel Rosales, a través de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia,  o la que en un futuro la reemplace o absorba sus funciones. La Autoridad de Aplicación será la responsable de costear la totalidad de las erogaciones  y los recursos que sean necesarios para ejecutar el Programa.-
  • CONVOCATORIA. A partir del mes de septiembre de cada año, la Autoridad de Aplicación convocará a Niños, Niñas y Adolescentes (alcanzados por el Art. 2 de la Ley 13.298) de instituciones u organismos del Distrito en las que participen las infancias. La convocatoria se realizará por los medios que la Autoridad de Aplicación considere oportunos.
  • DESARROLLO DEL PROGRAMA. El Programa “Foro Local por los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes” se desarrollará en el transcurso del mes de noviembre de cada año, en coincidencia con el Día Internacional de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes”. El lugar a desarrollarse el Programa será preferentemente un espacio público, salvo que las condiciones climáticas no lo permitan.
  • MODALIDAD DE TRABAJO. La temática a tratar en cada año de ejecución del Programa será determinada por la Autoridad de Aplicación, y deberá tener relación absoluta con la Promoción y Protección de los Derechos de las infancias. El Programa se realizará en una sola jornada de trabajo, bajo la modalidad de “talleres grupales”. La totalidad de los Niños, Niñas y Adolescentes que asistan al Programa podrán ser divididos en grupo por rango etáreo, facilitando el tratamiento específico de la temática planteada. El Programa contará con un grupo de moderadores que serán los que guíen los talleres. Los moderadores serán profesionales integrantes de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia del Municipio de Coronel Rosales.
  • CONCLUSIÓN Y DOCUMENTO. En cada edición del Programa se redactará un documento final con las conclusiones emitidas por los Niños, Niñas y Adolescentes participantes.  El documento deberá contener propuestas de gestión referidas a la temática escogida y solicitadas a La Autoridad de Aplicación. El documento será remitido anualmente al Honorable Concejo Deliberante, a la Dirección Provincial de Niñez y Adolescencia, y será publicada por la Autoridad de Aplicación por los medios de comunicación del Distrito, para la puesta en conocimiento de la comunidad.

Artículo 3º: Visto y considerandos forman parte de la presente.-

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

Firmado Paula Bermejo Presidenta

Martín Cáceres Secretario Legislativo