Boletines/Coronel Rosales
Resolución Nº 281
Coronel Rosales, 24/10/2024
Visto
La sanción de la Ley de Boleta Única de Papel para cargos Ejecutivos y Legislativos Nacionales, en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación; y
Considerando
Que en la última sesión especial del día 1/10 se aprobó en la Cámara de Diputados de la Nación, el Proyecto de Ley que había sido girado con modificaciones desde el Senada de la Nación;
Que este honorable cuerpo por mayoría aprobó el beneplácito por la Aprobación de la Ley de Boleta Única de Papel para cargos ejecutivos y legislativos nacionales;
Que con fecha 3/10/2024 los senadores provinciales del bloque PRO presentaron el Proyecto de ley E-435/24-25 que establece la “Boleta Única de Sufragio” para la elección de autoridades provinciales y municipales que es similar al presentado por los bloques UCR, CAMBIO FEDERAL y COALICION CIVICA en la Cámara de Diputados (D-2675/24-25) y también va en línea con el de la ley aprobada en Diputados referida en el Considerando primero;
Que no hay dudas respecto de los beneficios que el sistema de Boleta Única trae aparejados;
Que resulta imprescindible y en total beneficio de la Democracia Argentina y de los votantes que este sistema se implemente también en la provincia de Buenos Aires no solo por todos los beneficios que conlleva el sistema, sino además por los perjuicios que traería aparejada la coexistencia de dos sistemas de votación;
Que se trata de un cambio histórico para la Democracia Argentina que viene a “asegurar la libertad de los electores, asegurar la igualdad de los partidos políticos de estar en el cuarto oscuro y mejora la integridad del sistema político, que es más transparente porque disminuye el peso del dinero en la contienda electoral”;
Que el proyecto se basa en cuatro pilares fundamentales: eficiencia y ahorro, al simplificar el proceso electoral y reducir drásticamente la impresión y distribución de boletas; modernización; equidad, asegurando que todas las fuerzas políticas tengan presencia en el recinto de votación y transparencia;
Que es necesario unificar el sistema electoral provincial en el mismo sentido que el establecido para cargos electivos nacionales;
Que la Ley de Boleta Única de Papel permitirá que los votantes puedan elegir a sus representantes y gobernantes (en principio de carácter nacional) en una única planilla que aglutinará toda la oferta electoral, eliminando las papeletas partidarias cuantiosas que facilitaban acciones fraudulentas y daban la posibilidad a partidos sin representación real (candidatos fantasmas) para acceder a fondos públicos para la impresión;
Que en las elecciones legislativas del año 2025, los cargos de jurisdicción nacional serán elegidos bajo esta nueva modalidad, lo que no sólo representa un cambio de paradigma democrático sino que es una modificación real al sistema electoral;
Que en el mismo sentido, la Diputada Provincial María Fernanda Bevilacqua, ha presentado la iniciativa caratulada como Expte. D-4684/17-18-0;
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES RESUELVE
Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales se dirige a la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires, a fin de solicitarle el pronto tratamiento del Expediente E-435/24-25, el cual establece el sistema de “Boleta Única de Sufragio” para la elección de autoridades provinciales y municipales.-
Artículo 2°: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales se dirige a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, a fin de solicitarle en pronto tratamiento del Expte. D-2675/24-25.-
Artículo 3°: Remítase copia a los Honorables Concejos Deliberantes que conforman la Sexta Sección Electoral, a fin de que se expidan en este mismo sentido.-
Artículo 4º: Visto y considerandos forman parte de la presente.-
Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.
Firmado Paula Bermejo Presidenta
Martín Cáceres Secretario Legislativo