Boletines/Coronel Rosales

Ordenanza Nº4262

Ordenanza Nº 4262

Coronel Rosales, 24/10/2024

VISTO:

El pedido realizado por las empresas locales Turitour S.A, Compañía Belgrano S.A y Compañía Puntaltense S.A, tramitado mediante expediente P-62/2024, para realizar un incremento de la tarifa de transporte público de pasajeros: líneas 501,502,503, 503 bis, 504, 504 bis, 505, Bajo Hondo y Pehuen Co, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa Turitour obtuvo en 35% de aumento en su tarifa a la localidad de Pehuen co, según Ordenanza N° 4225, que establece el incremento en los meses de mayo a septiembre del año 2023;

Que luego con la Ordenanza N° 4265 se estableció para la empresa Turitour, un nuevo incremento en la tarifa para la temporada estival, siendo este del 63% de aumento a partir del 15 de diciembre, quedando la tarifa en $2200 hasta el 31 de enero, que se le otorgaría un 45% de aumento a partir del 1 de febrero del corriente año, finalizando la temporada con un boleto a Pehuen Co de $3000 (pesos tres mil);

Que a las empresas Belgrano S.A y Puntaltense S.A en el mes de noviembre 2023 a través de la Ordenanza N° 4261 se les otorgó un incremento en la tarifa para los meses de diciembre y de febrero, quedando a febrero del 2024 con los siguientes valores:

BOLETO ÚNICO                                          $390 (Pesos trescientos noventa)

BOLETO PUNTA ALTA - VILLA ARIAS      $440 (Pesos cuatrocientos cuarenta)

Que en el mes de marzo de 2024 el Honorable Concejo Deliberante por ordenanza N°4291 se incrementó el pasaje de transporte público de pasajeros para las tres compañías, quedando los siguientes valores

BOLETO ÚNICO                                          $880 (Pesos ochocientos ochenta)

BOLETO PUNTA ALTA - VILLA ARIAS      $950 (Pesos novecientos cincuenta)

BOLETO PUNTA ALTA - PEHUEN CO      $4500 (Pesos cuatro mil quinientos)

BOLETO PUNTA ALTA - BAJO HONDO   $2250 (Pesos dos mil doscientos cincuenta)

BOLETO BAJO HONDO - PEHUEN CO   $3400 (Pesos tres mil cuatrocientos)

Que a raíz del incremento del 131,73 % del subsidio provincial al transporte en el mes de julio, este Concejo Deliberante por Ordenanza N° 4329 redujo en un 10% el valor del boleto en todas las líneas quedando establecidos los siguientes valores

BOLETO ÚNICO                                          $795 (Pesos setecientos noventa y cinco)

BOLETO PUNTA ALTA - VILLA ARIAS      $860 (Pesos ochocientos sesenta)

BOLETO PUNTA ALTA - PEHUEN CO      $4050 (Pesos cuatro mil cincuenta)

BOLETO PUNTA ALTA - BAJO HONDO   $2030 (Pesos dos mil treinta)

BOLETO BAJO HONDO - PEHUEN CO   $3050 (Pesos tres mil cincuenta)

Que, por subsidio del gobierno de la provincia de Buenos Aires, las empresas reciben el siguiente monto, que al momento del pago se le realizan las retenciones en concepto de ganancias

Compañía Belgrano S.A   $ 25.802.368,00

Compañía Puntaltense S.A $ 20.138.066,43

TURITOUR S.A $ 6.890.149,77

Que el pedido de las empresas locales de incremento tarifario se refiere a cuestiones relacionadas con la quita de subsidios por parte del gobierno nacional, la situación económica de recesión actual, y la baja de venta de boletos a raíz de las características propias de nuestra ciudad (distancia, posibilidad de otros medios de movilidad, etc);

Que por tales motivos las empresas manifiestan que en un año decayó la venta, perdiéndose 276.000 boletos;

Que de realizarse cambios en el sistema actual de circuitos de forma más eficiente, beneficiaria el servicio de transporte público, por ejemplo racionalizando las líneas, esto implicaría, realizar recorridos que no se superpongan, que no compitan, que sean más directos, menos líneas pero mejor planificadas que crucen la ciudad en forma de cuadrícula norte – sur  y oeste –este, o bien, estableciendo mecanismos de previsibilidad  digitales  (app de seguimiento recorrido), ya que la realidad de la ciudad ha cambiado y se hace imperioso modificar las “líneas o recorridos históricos”;

Que se debe priorizar la experiencia del usuario del transporte público en la toma de decisiones más allá de que siempre surjan cuestiones económicas, ya que muchos vecinos no tienen otra opción de movilidad o manifiestan disconformidades;

Que este Cuerpo siempre ha acompañado a las empresas locales y a sus trabajadores al momento de analizar la suba tarifaria porque entienden que son motor de la economía del distrito;

Que para el análisis del incremento tarifario se tuvieron en cuenta los índices inflacionarios del CREEBA desde julio a septiembre de 2024 siendo éstos: 4,2%, 4,4% y 3,1 % respectivamente;

Que visto que el índice inflacionario según el CREEBA, se mantuvo en un dígito desde abril y podría estimarse que continuaría en los últimos 3 meses del año en un promedio de 3% mensual;

Que al ser estimaciones sería necesario rever el cuadro tarifario en el mes de febrero de 2025;

Que por lo dicho anteriormente un incremento del 22,7% sería lo estimado por este Honorable Concejo Deliberante para actualizar el cuadro tarifario del transporte público de Punta Alta y Villa Arias, y un 30,5% para la localidad de Bajo Hondo y Pehuen Co;

ORDENANZA

Corresp. Expte. P-62-2024

O R D E N A N Z A

Artículo 1º: Autorizase un incremento tarifario del servicio de transporte público de las líneas 501, 502, 503, 503 bis, 504, 504 bis, 505 y 510, quedando establecido de la siguiente manera, a partir del 1 de noviembre de 2024:

Boleto único                           $975,00 (Pesos novecientos setenta y cinco)

Punta Alta - Villa Arias:          $1055,00 (Pesos mil cincuenta y cinco)

Punta Alta – Pehuen Co        $5300,00 (pesos cinco mil trescientos)

Punta Alta - Bajo Hondo:       $2650,00 (Pesos dos mil seiscientos cincuenta)

Bajo Hondo - Pehuen Co:      $3980,00 (Pesos tres mil novecientos ochenta)

Artículo 2°: Ante una nueva actualización tarifaria se les solicitará a las empresas transportistas acompañar con el nuevo estudio de costos estrategias alternativas comerciales que posibiliten el incremento de venta de boletos.-

Artículo 3°: Las compañías Belgrano S.A, Puntaltense S.A y Turitour S.A deberán poner en conocimiento a las y los usuarios sobre el nuevo cuadro tarifario a través de folletería en ventanilla como así también en cada una de las unidades.-

Artículo 4º: Autorizase los siguientes descuentos para abonos del servicio de Transporte Urbano de Pasajeros del distrito de Coronel Rosales: Boleto Estudiantil 50% (Nivel Inicial, Nivel Primario, Nivel Secundario). Facultase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias y/o movimiento de partidas a efectos de garantizar el Boleto Estudiantil Gratuito.-

Artículo 5º: La presente actualización quedará sujeta a revisión para el caso que se  restablezca el giro de partidas coparticipables vinculadas a la financiación federal del transporte y de la educación.-

Artículo 6º: Remítase copia de la presente a la Compañía Belgrano S.A.; a la Compañía Puntaltense S.A. y a la empresa Turitour S.A. para su conocimiento, debiendo comunicar también el aumento otorgado a los efectos de cumplir con el deber de información hacia los usuarios a través de folletería en ventanilla como así también en cada una de las unidades.-

Artículo 7º: El Departamento Ejecutivo deberá dar a conocer a los usuarios sobre el nuevo cuadro tarifario, promocionando los beneficios de SUBE a través de la mayor cantidad posible de medios de comunicaciones, radiales, televisivos, página web. etc.-

Artículo 8°: Deróguese las Ordenanzas N° 4291, N° 4329 y toda norma que se oponga a la presente.-

Artículo 9°: Visto y considerandos forman parte de la presente.-

Artículo 10º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

Firmado Paula Bermejo Presidenta

Martín Cáceres Secretario Legislativo