Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 549/2024
Coronel Rosales, 24/10/2024
Visto
Las actuaciones caratuladas como S-111/24, el saldo disponible que a la fecha registran las cuentas municipales de Fondo Educativo (Cuenta Corriente Nº 50690/4 BAPRO – Suc. Local), Y
Considerando
Que la constitución y conformación con el Banco de la Provincia de Buenos Aires de Inversión temporarios denominadas Letras PBA $ COMPETITIVO resulta una útil herramienta para optimizar el rendimiento del capital líquido con el que cuenta este Municipio sin comprometer las obligaciones contraídas ni las que eventualmente se contrajeren en lo inmediato.-
Así y a tal fin se dispone realizar con el Banco de la Provincia de Buenos Aires la renovación de la Licitación pre-Pactada por el término de 29 días, Letras del Tesoro (View Licitado en 42.5%) por la suma de PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($300.000.000,00.-) con origen en la cuenta Fondo Educativo - Cuenta Corriente Nº 6201-50690/4 del BAPRO – Suc. Local. Utilizando la cuenta Comitente 6201-0010119805/0 -
Que los fondos para la referida inversión tendrán origen en la Cuenta Corriente indicada de titularidad de la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales abierta en el Banco de la Provincia de Buenos Aires - Sucursal Punta Alta (6201).-
Que es ánimo de esta administración maximizar el rendimiento de los Recursos Públicos.-
Que es facultad del Departamento Ejecutivo proceder en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 108 y ccs. de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
POR ELLO,
EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades; DECRETA
ARTICULO 1º: Dispónese la constitución y conformación con el Banco de la Provincia de Buenos Aires renovación de la licitación pre-Pactada por el término de 29 días de Letras del Tesoro (View Licitado en 42.5%) por la suma de: PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($300.000.000,00.-) con origen en la cuenta de Fondo Educativo - Cuenta Corriente Nº 6201-50690/4 del BAPRO – Suc. Local; imputándose su rendimiento a la cuenta originaria y para la cobertura de los destinos y obligaciones que éstas tuvieren.-
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Economía.-
ARTICULO 3º: Regístrese. Tome conocimiento la Contaduría General Municipal y la Tesorería y déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Hecho, resérvese.-
DECRETO Nº549/2024