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Decreto Nº1279

Decreto Nº 1279

Bolivar, 30/07/2024

Visto

El Expediente N° 4013-027/24 por el cual la Secretaria de Obras Públicas y Urbanismo propicia el llamado a Licitación Pública N° 01/2024 para la provisión de materiales y mano de obra y/o todo otro bien o servicio necesario para la Refacción General de EP N° 2 y; 

 

Considerando

Que por Decreto N° 31/24 se aprobó el llamado a Licitación Pública N° 1/2024 para la “Refacción General de EP N° 2”;

Que la obra fue presupuestada en la suma de pesos ciento dos millones ochocientos dieciocho mil noventa y dos con 06/100 ($102.818.092,06); 

Que se han cumplimentado las publicaciones en el Boletín Oficial y en diarios locales, conforme lo dispuesto en el artículo 142° de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Que según acta de apertura de fecha 09 de Febrero de 2024, se han presentado dos (2) oferentes: NUGENSER S.A. y MIGUEL MATÍAS PABLO;

Que con fecha 19 de Febrero de 2024 se reúne la comisión de preadjudicación con el objeto de analizar el cumplimiento de los requisitos mínimos para que sea admisible la propuesta, teniendo en cuenta los requisitos técnicos, económicos y financieros del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares;

Que de acuerdo a lo expresado en el párrafo anterior se pudo verificar el cumplimiento de los requisitos legales exigidos en los instrumentos licitatorios y se comunica la apertura del sobre N° 2;

Que el día 20 de Febrero de 2024 se realizó la apertura del sobre N° 2, donde la empresa NUGENSER S.A. oferta la suma de pesos ciento setenta y nueve millones doscientos sesenta y cinco mil seiscientos veintiséis con 00/100 ($179.265.626,00), mientras que el oferente MIGUEL MATIAS PABLO oferta la suma de pesos ciento noventa y un millones doscientos sesenta mil cuatrocientos setenta y seis con 64/100 ($191.260.476,64);

Que de acuerdo al Acta N° 2 de la comisión de preadjudicación, con fecha 28 de Febrero del año 2024, se lleva a cabo la evaluación de la documentación del Sobre N° 2 y se observa que la empresa NUGENSER S.A. presentó completa toda la documentación;

Que asimismo, dicha comisión observa que en la oferta de MIGUEL MATIAS PABLO existe una discrepancia entre el monto consignado en letras y el mencionado en número, como también que en el plan de trabajo no se detallan porcentajes y valores. Pero además, se le solicito confeccionar la planilla de Análisis de Precios detallando en cada uno de los sub-ítems conforme al Art. N°6 del Pliego de Bases y Condiciones, es por ello que se intimó para que presentara la documentación faltante, lo cual fue presentado en tiempo y forma;

Que en el Acta N° 3, de fecha 30 de Julio se procedió a evaluar las ofertas económicas comenzando por la oferta más conveniente recibida y tomando en cuenta el preciario aprobado por resolución RESO-2024-21-GDEBA-SSIEDGCYE de la Dirección General de Cultura y Educación para estas obras;

Que mediante lo establecido anteriormente se observa que el monto actualizado de la oferta asciende a un 83% sobre la misma, existiendo un importante desfasaje entre los mismos, y es por ello que la comisión recomienda que se priorice mantener el interés fiscal del municipio de acuerdo a lo normado en el Pliego de Bases y Condiciones Generales Articulo 20 EVALUACION DE LOS ANTECEDENTES 20.5, en donde la administración municipal se encuentra facultada a rechazar todas las propuestas, sin que eso genere derecho alguno del proponente;

Que la actualización del valor supera lo establecido en la Ley Orgánica Municipal y en la Ley N° 6021 de Obras Publicas de la Provincia de Buenos Aires, y es por ello que se resuelve desestimar las propuestas recibidas y dar de baja la Licitación;

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

Artículo 1º: Aprobar la Licitación Pública N° 1/2024, que tramita por expediente nro. 4013-027/24, por haberse cumplimentado con todos los procedimientos legales para su tramitación.

Artículo 2°: Desestimar las propuestas recibidas por las firmas NUGENSER S.A. y MIGUEL MATÍAS PABLO y consecuentemente dar de baja la Licitación Pública N° 1/2024 expediente N° 4013-027/24.

Artículo 3°: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Contaduría, Tesorería y Oficina de Compras a efectos de su fiel cumplimiento.

Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno.

Artículo 5º: Notifíquese, Comuníquese, dése al libro de Decretos y Cumplidos los trámites de estilo, archívese.