Boletines/Magdalena

Decreto Nº305

Decreto Nº 305

Magdalena, 07/03/2024

Visto

El  Expte letra S Nº 1545/23 mediante el cual se tramita la Contratación Directa para la “CONTRATACION DIRECTA PARALA EJECUCION DE LA MANO DE OBRA DE LA AMPLIACION DE LA RED CLOACAL Y DOS CAMARAS , EN LAS CALLES VIVIANI E/BALCARCE Y BELGRANO , DR. RUIZ E/ DOREGO Y GUEMEZ Y BULEVARD BAVIO E/ CASTELLI Y GRAL. PAZ , PARTIDO DE MAGDALENA , PROVINCIA DE BS. AS. , CON PROVICION DE MATERIALES POR PARTE DE LOS FRENTISTAS”.

Considerando

Que, el día 21 de Febrero  de 2024  ha sido subscripto contrato con el la COOPERATIVA DE AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE VERONICA LIMITADA representada por el Sr. RATTI PABLO ERNESTO,

DNI 23.351.473, por un valor de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS ($ 2.950.200,00), para realizar la mano de Obra y la ampliación de red cloacal y dos cámaras , en las calles Viviani e/ Balcarce y Belgrano , Dr. Ruiz e/ Dorrego y Güemes y Bulevard Bavio e/ Castelli y Gral . Paz, Partido de Magdalena.

Que el día 6 de Marzo de 2024 se ha emitido el certificado por un monto de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS ($ 2.950.200,00).-

Que se deberá realizar el descuento del 5% por la Póliza de CAUCION DE SUSTITUCION DE FONDOS DE REPARO por un monto de PESOS CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL ($147.510,00).-

Que se debe efectuarse los trámites administrativos tendientes a la convalidación del mismo a partir de la fecha de la firma del contrato,

                      

Por ello 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: LIBRESE orden de pago, a la COOPERATIVA DE AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE VERONICA LIMITADA representada por el  Sr. RATTI PABLO ERNESTO  DNI nº 23.351.473 en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.

ARTICULO 2º:  Se deberá realizar el descuento del 5% por la Póliza de CAUCION DE SUSTITUCION DE FONDOS DE REPARO por un monto de PESOS CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL ($147.510,00).-

ARTICULO 3º:   El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda, de la Municipalidad de Magdalena Sr. Andrés Luciano García.-

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y archívese.- 

 

Fdo.

LISANDRO HOURCADE

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda