Boletines/Chivilcoy
Ordenanza Nº 10779
Chivilcoy, 30/08/2024
ORDENANZA
Artículo 1°: Modifíquese el art. 4 de la Ordenanza 6014/2007 el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 4°: El estacionamiento en todas las arterias del perímetro determinado por el artículo primero de la presente norma deberá hacerse exclusivamente en la mano izquierda. Dicha prohibición no alcanzará a las avenidas donde se permitirá el estacionamiento en la mano derecha. Esta medida regirá desde las 7 hs. hasta las 20 hs. durante todo el año”.
Artículo 2°: Deróguese la ordenanza 10691/2024.
Artículo 3°: Comuníquese, publíquese y archívese.