Boletines/Chivilcoy
Ordenanza Nº 10778
Chivilcoy, 30/08/2024
ORDENANZA
Artículo 1°: Implementar desde P.E. un programa de Prevención contra Incendios en todo el territorio de la ciudad de Chivilcoy, incluyendo los pueblos de Campaña.
Artículo 2°: Realizar campañas anuales de prevención de incendios en diferentes instituciones, comercios, delegaciones municipales. Campañas que se lleven adelante a través de charlas, publicidad grafica, medios de comunicación radiales, redes sociales, televisivas, etc.
Artículo 3°: Desarrollar la logística necesaria para las acciones de supresión de incendios, incluyendo en las actividades de coordinación, la creación de pozos o cisternas o reservorios de agua, que sean necesarias.
Artículo 4°: Elaborar el mapa de zonificación de riesgos de incendios en todo el territorio.
Artículo 5°: Crear las partidas presupuestarias para cumplir con la presente ordenanza.
Artículo 6°: El órgano de aplicación de dicha ordenanza, estará a cargo de las dependencias que el Poder Ejecutivo disponga.
Artículo 7°: Comuníquese, publíquese y archívese.