Boletines/Lobería

Decreto Nº2081-24

Decreto Nº 2081-24

Lobería, 14/10/2024

DESE DE BAJA de la Administración Municipal.

Visto

Lo dispuesto en los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, La Ley Nº 9.650/80 y sus modificatorias, la Ley 14.656, el artículo 34 inciso g) del Anexo Único de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario 1.167/16 –Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-; y

Considerando

QUE, la Dirección de Personal y Recursos Humanos informa que el Agente Municipal OSCAR ROBERTO OJER, D.N.I. Nº 16.475.525, Legajo Nº 954, reúne las condiciones legales necesarias para acogerse a los beneficios jubilatorios por jubilación ordinaria, a partir del 1º de enero de 2025;
QUE, dicha circunstancia se encuadra en lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 9.650/80 y sus modificatorias, el artículo 34 inciso g) de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario    Nº 1.167/16 –Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-;    
QUE, el referido agente expresa su voluntad de optar por la percepción del anticipo jubilatorio, revistando a la fecha de cese como Personal Administrativo, Clase I, Categoría 14, de 30 horas semanales;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en ejercicio de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

D E C R E T O

ARTÍCULO 1.- DESE DE BAJA de la Administración Municipal, a partir del 1º de enero de 2025, al agente OSCAR ROBERTO OJER, D.N.I. Nº 16.475.525, Legajo Nº 954, para acogerse a los beneficios jubilatorios por jubilación ordinaria, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Ley 9.650/80 y sus modificatorias, el artículo 34 inciso g) del la Ordenanza    Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 –Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, revistando a la fecha de cese como Personal Administrativo, Clase I, Categoría 14 y un régimen de 30 horas semanales, afectado a la Jurisdicción: “1110102000 Secretaría de Gobierno – 20 Dirección de Protección Ciudadana –  1.1.0.0. Personal de Planta Permanente”.
ARTÍCULO 2.- Envíese copia del presente al agente mencionado a modo de fehaciente comunicación. ARTÍCULO 3.- Practíquese por las oficinas que correspondan la liquidación final de haberes.
ARTÍCULO 4.- Tomen conocimiento Oficina de Seguros, Dirección de Personal y Recursos Humanos, Dirección de Protección Ciudadana, I.O.M.A., Delegación Previsional y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHÍVESE.