Boletines/Coronel Suárez

Ordenanza Nº8266/2024

Ordenanza Nº 8266/2024

Coronel Suárez, 12/09/2024

ORDENANZA

ORDENANZA N° 8.266.-

ARTICULO 1°.- Incorpórese a la Ordenanza Nº 5.271 “Código de - - - - - - - Edificación del Partido de Coronel Suarez”, los ítems 4.4.3.0 BIS, 4.4.3.1 BIS, 4.4.3.2 BIS y 4.4.3.3 BIS, respectivamente, los que quedarán redactados de la siguiente manera, a saber:

4.4.3.0. BIS. ESTRUCTURA DE PROTECCION SEMICUBIERTA EN VEREDAS DE LOCALES COMERCIALES.          

4.4.3.1. BIS. GENERALIDADES:

Considerando las estructuras de protección semicubiertas en veredas de locales comerciales a los elementos estructurales con soportes en la vía pública. Los mismos no podrán distar a una altura menor a 2,30m sobre el nivel de la acera ni a una distancia menor a 0,30m de la prolongación de las líneas divisorias de predios, siendo su vuelo máximo permitido hasta 0,70m menor al ancho de la acera.

Se incorporan los siguientes materiales para la construcción de los mismos: policarbonato, chapa, madera, metal, etc.

4.4.3.2. BIS. IMPEDIMENTOS PARA COLOCAR ESTRUCTURAS DE PROTECCIÓN EN VEREDAS:

Toda estructura que se coloque no deberá impedir la visibilidad de las chapas, de las chapas nomencladoras de calles o indicadoras del sentido del tránsito, reglamentación del estacionamiento existentes. Tampoco podrá afectarse con la colocación de estructuras la visibilidad, cualquier tipo de señalización vertical que se encuentre ubicada en la misma o equipos de control luminoso del tránsito, como también las medidas adoptadas para personas con discapacidad.

En calles arboladas, las estructuras no podrán en ningún caso dañar los troncos ni las ramas de especies existentes, por lo que el vuelo de aquellos deberá limitarse lo necesario para que ello no ocurra.

Se deberá solicitar permiso y autorización para su colocación y armado, en la oficina de obras particulares, presentando la siguiente documentación:

1)   Nota de solicitud firmada por el propietario de la parcela.

 

2)   Comprobante de habilitación comercial del local.

3)   Plano de planta esc. 1.100, fachada esc. 1:100 (ambos con medidas y materiales).

Se solicita tramitar el permiso correspondiente para las estructuras semicubiertas en veredas de locales comerciales, ya existentes antes de la fecha de aprobación de la ordenanza.

4.4.3.3. BIS. RETIRO DE ESTRUCTURAS DE PROTECCIÓN SEMICUBIERTA Y SOPORTES:

La Municipalidad de Coronel Suarez puede exigir el retiro de estructuras y/o sus soportes, por razones de estética urbana, seguridad, por no cumplimentar lo aquí indicado u otros inconvenientes que fundamenten la resolución, y previo otorgamiento de un plazo prudencial.

ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, - - - - - - -cúmplase, publíquese y oportunamente, archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL SUAREZ A LOS DOCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-