Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 2252/2024
Coronel Suárez, 17/09/2024
Visto
el EXP-MCS: 1127/2024, mediante el cual el “CENTRO DE DÍA SAN JOSÉ”, solicita ser reconocido como entidad de bien público, y-
Considerando
Que el mismo tiene como objetivo:
a) Atender a personas discapacitadas, jóvenes y adultos, que hayan concluido su etapa en el área de competencia de Educación Especial o como complementaria a la misma;
b) Atender a niños que no tengan cobertura en el ámbito educativo;
c) Lograr el desenvolvimiento activo en la vida cotidiana, en los medios que el joven o adulto discapacitado debe compartir con el resto de la Comunidad;
d) Atender y asistir las necesidades básicas del discapacitado, para su mejor calidad de vida;
e) Brindar al niño, joven o adulto discapacitado otra instancia que favorezca su integración social, evitando el aislamiento en el seno familiar e institucional, durante el día;
f) Prever la extensión del servicio para otras funciones, referidas a la protección del discapacitado, si las necesidades de la comunidad lo requieran.
g) Desarrollar un ambiente de cordialidad y solidaridad entre sus asociados y propender al mejoramiento intelectual y cultural de los mismos. Todas las actividades serán desarrolladas sin fines de lucro y en cuanto correspondan, por personal idóneo o profesional habilitado.
Que el Jefe de Gabinete, informa que la entidad ha dado cumplimiento a la Ordenanza nº 1734/82, estando en consecuencia, en condiciones legales para otorgar lo solicitado;
Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A
ART. 1º: Reconocer al “CENTRO DE DÍA SAN JOSÉ”, como - - - - - Entidad de Bien Público, por las causas expuestas en los considerandos del presente.-
ART. 2º: Esta Entidad quedará inscripta en el Registro Municipal de Entidades - - - - - de Bien Público bajo el Nº 343.-
ART. 3º: Por la Dirección de Despacho y la Oficina de Atención a Entidades de - - - - Bien Público, se tomará nota en el respectivo Registro del reconocimiento dispuesto por el presente decreto.-
ART. 4º: Comuníquese, cúmplase y regístrese.-
DECRETO Nº 2252