Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 2164/2024
Coronel Suárez, 05/09/2024
Visto
el EXP – MCS: 594/2024, a través del cual el Sr. “WEINGARTT LEANDRO MARTIN”, solicita la compra de un lote del Parque Industrial “Juan Zilio”, destinado a desarrollar la actividad de “Fabricación de Bloques de Hormigón y viguetas”, y-
Considerando
Que el mismo está identificado catastralmente como: Circ. XV – Secc. B – Ch. 115 - Fracc – V – Parcela: 8d, con una superficie de 4.422,50 m2;
Que se fija para dicha operación, el valor por metro cuadrado, establecido en el equivalente a la cienava partes del sueldo mínimo administrativo municipal para una jornada de 40 hs. semanales (categoría 8), de acuerdo a lo dispuesto en el art. 12°, inc b) de la Ordenanza 5972/14 y Ordenanza Modificatoria nº 7342/20;
Que se crea una Cuenta Especial denominada “Fondo Rotativo Parque Industrial”, en la cual el importe proveniente de la venta de terrenos será depositado en el mismo, destinado a la promoción de nuevos emprendimientos;
Por ello, el Intendente Municipal del Partido en uso de sus atribuciones –
D E C R E T A
ART. 1º: Véndase al Sr. “WEINGARTT LEANDRO MARTIN” un Lote del Parque - - - - Industrial de nuestra ciudad, identificado catastralmente como: Circ. XV – Secc. B – Ch. 115 – Fracc V – Parcela: 8d con una superficie de 4.422,50 m2, por un monto total de $ 18.444.615,16 (Pesos dieciocho millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil seiscientos quince con 16/100 ctvs), destinado a desarrollar la actividad de “Fabricación de Bloques de Hormigón y viguetas”, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
ART.2º: Determínese las condiciones pago al Sr. “WEINGARTT LEANDRO MARTIN”, - - - - cuyo valor del lote podrá cancelarse al contado o entregando el 10% al momento de la firma del boleto de compra-venta, con una financiación del monto restante de 24 cuotas bimestrales. El interés del segundo caso estará fijado por la autoridad competente. Los gastos de escrituración serán abonados por el adquiriente del predio, de conformidad a lo dispuesto por Ordenanza n° 5972/14, art.16°, y lo expuesto en los considerandos del presente.-
ART. 3º: Por la Subsecretaría Legal y Técnica se confeccionará el correspondiente - - - - - - boleto de compra - venta.-
ART: 4º: El dinero ingresante de la presente operación deberá imputarse a la - - - - - - Partida: 21.1.05.00 “Fondo Rotativo Parque Industrial”.-
ART. 5º: Comuníquese, cúmplase y regístrese.-
DECRETO Nº 2164