Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 343
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 07/10/2024
Visto las presentes actuaciones, atento a lo solicitado a fs. 19 por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, respecto a la encomendación de tareas al agente Damián Alberto Dorado Foglia, Legajo Nº 14.801 como Director de la Institución Casa de Abrigo II y;
Considerando
Que la institución convivencial Casa de Abrigo II, es un dispositivo del Sistema de Protección y Promoción de Derechos destinados a brindar un ámbito alternativo y transitorio al de su grupo de convivencia a niños y niñas comprendidos entre 6 y 12 años;
Que el agente Damián Alberto Dorado Foglia, Legajo Nº 14.801, cumple esta función desde el 1 de junio de 2023, función que resulta imprescindible para garantizar la protección y cuidado integral de los niños que se encuentran alojados en la institución;
Que a fs. 20 obra el informe emitido por la Subdirección de Capital Humano y la imputación realizada por la Subdirección de Presupuesto y Planificación y Contaduría General a fs. 20 vta., el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
PRIMERO: Encomendar al agente Damián Alberto Dorado Foglia, Legajo Nº 14.801, categoría 03/2C.02, dependiente de Sistema de Amas Externas (Oficina 585), la función de Director de Casa Abrigo II (oficina Nº 713), abonándole la diferencia entre su categoría actual y la categoría 03/1A.4, en virtud de las tareas encomendadas y de acuerdo a lo establecido en el Art. 275º de la Ley Orgánica Municipal, correspondiendole se le abone la Bonificación Remunerativa por Función de Director de Institución del 20%, según lo establecido en el Decreto Nº 438/98 a partir del 01 de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2024.
SEGUNDO: Dejar constancia que si durante el periodo mencionado, el agente Damián Alberto Dorado Foglia, Legajo Nº 14.801 hace uso de licencia alguna y lo sucede en reemplazo por este periodo otro agente, el agente mencionado dejará de percibir la diferencia de categoría, hasta tanto dure su ausencia y se le deberá pagar la diferencia de cargo y de bonificación al agente reemplazante.
TERCERO: El presente gasto deberá imputarse a la jurisdicción: 1110106000; Fuente: 110; Categoría Programática: 01.01; Gasto: 1.1.1.3 y 1.1.3.3.-
CUARTO: Refrende la presente Resolución el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.
QUINTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota el Departamento Administración del Personal, Subdirección de Presupuesto y Planificación, Contaduría General Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O. y ARCHIVESE.-