Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1431
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 05/09/2024
Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación interpuesta por Juan Carlos Schneider, con CUIT 20-07848703-9, Contribuyente Nº 39393, para desarrollar actividades bajo el rubro de Corte de mármol y granitos para mesadas, en el domicilio de la calle Don Bosco Nº 1440 de la Localidad de Bahía Blanca, y;
CONSIDERANDO
Que la solicitud de Habilitación ha sido interpuesta por expediente 4007-5804/1991 con fecha 04 de octubre de 1991, conforme constancias a fs. 2 del mencionado expediente;
Que a fs.3/110 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;
Que a fs.112 obra Resolución de fecha 30/06/2005 mediante la cual se otorga el correspondiente Certificado de Aptitud Ambiental para el rubro "Elaboración de mármol y granito", por el término de dos (2) años, operando su vencimiento con fecha 30/06/2007 conforme Certificado Nº 178 obrante a fs.116;
Que a fs.170 obra Resolución de fecha 06/12/2013 mediante la cual se otorga el correspondiente Certificado de Aptitud Ambiental para el rubro "Elaboración de mármol y granito", por el término de dos (2) años, operando su vencimiento con fecha 06/12/2015 conforme Certificado Nº 178 obrante a fs.173;
Que a fs.170 obra Resolución de fecha 06/12/2013 mediante la cual se otorga el correspondiente Certificado de Aptitud Ambiental para el rubro "Elaboración de mármol y granito", por el término de dos (2) años, operando su vencimiento con fecha 06/12/2015 conforme Certificado Nº 178 obrante a fs.173;
Que a fs.174/209 obra documentación aportada por parte interesada a fin renovar el correspondiente Certificado de Aptitud Ambiental;
Que a fs.210 obra Resolución Nº 151/2017 mediante la cual se otorga el correspondiente Certificado de Aptitud Ambiental para el rubro "Elaboración de mármol y granito", por el término de dos (2) años, operando su vencimiento con fecha 19/09/2019 conforme Certificado Nº 178 obrante a fs.215;
Que a fs.216/240 del expediente obra documentación aportada por parte interesada a fin de obtener la correspondiente clasificación por parte del Ministerio de Ambiente;
Que a fs.241-242 obra Disposición N° 169/2022 dictada por el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires;
Que a fs.243/269 obra documentación aportada por parte interesada, a fin de obtener el correspondiente Certificado de Aptitud Ambiental;
Que a fs.275 se dicta Resolución Nº 1041/2023 mediante la cual se otorga el correspondiente Certificado de Aptitud Ambiental para el rubro "Corte de Mármol y granitos para mesadas", por el término de cuatro (4) años, operando su vencimiento con fecha 17/11/2027 conforme Certificado Nº 178 obrante a fs.277;
Que a fs.287 toma debida intervención el Departamento Habilitaciones, labrando el correspondiente Acta de Inspección Nº 444, de fecha 29/01/2024, dejando constancia que reúne buenas condiciones de uso e higiene;
Que a fs.292/294 se acompaña constancia de cumplimiento tributario para Habilitación Municipal debidamente intervenida por el Departamento Recaudación;
Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por Ley Nº 11459/67 y su Decreto Nº531/19;
Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación y el Departamento Habilitaciones, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;
Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 2900/2021;
- R E S U E L V E -
Artículo 1°)- Habilítase Juan Carlos Schneider, con CUIT 20-07848703-9, Contribuyente Nº 39393, para desarrollar actividades bajo el rubro de Corte de mármol y granitos para mesadas, en el domicilio de la calle Don Bosco Nº 1440 de la Localidad de Bahía Blanca, hasta el día 17/11/2027, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos de la presente.
Artículo 2°)- Expídase Certificado de Habilitación Nº 128 a nombre de Juan Carlos Schneider, Contribuyente Nº 39393 de acuerdo a lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolución.
Artículo 3°)- Déjese constancia que la vigencia de la habilitación otorgada en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgada la habilitación.
Artículo 4°)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad de la habilitación otorgada, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.-
Artículo 5°)- Cúmplase, dese al R.O., tomen nota Departamento de Habilitaciones, Departamento Recaudación, Departamento Saneamiento Ambiental, cumplido: Archívese.-