Boletines/La Plata
Decreto Nº 2659/24
La Plata, 25/10/2024
Visto
el Expediente Nº 4061-2036418/2024 por el cual se gestiona la Licitación Pública Nº 31/2024, en la cual la Secretaría de Desarrollo Social, solicita la adquisición de “Viviendas Linea Familiar”; y
Considerando
Que la Secretaría de Desarrollo Social solicita la adquisición de “13 Casas familiares Prefabricadas conforme descripción que surge del Anexo I”, mediante Solicitud de Pedido N°1428/2024, obrante a fojas 10;
Que mediante Decreto N° 1467/2024, del 15 de julio de 2024 se aprobó la documentación y se autorizó el llamado a Licitación Pública N° 31/2024 tendiente a lograr la adquisición mencionada;
Que con fecha 16 de septiembre de 2024, tuvo lugar la apertura de ofertas correspondiente a la LICITACIÓN PÚBLICA Nº 31/2024, acerca de cuyo resultado ilustra el Acta de Apertura (fojas 207) y la siguiente documentación acumulada: ““SOBRE Nr 1: Perteneciente a la firma COMERCIAL VIVIENDAS S.R.L. quien cotiza el ítem 1 por la suma total de PESOS CIENTO NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTE CON 00/100 ($109.249.920,00), presentando garantía de mantenimiento de oferta mediante Póliza de Caución N° 442.151 de la Compañía Aseguradora FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.U. por hasta la suma de PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 00/100 ($5.462.496,00).-
SOBRE Nr 2: Perteneciente a la firma GRAUPEL SUR S.A. quien cotiza el ítem 1 por la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($184.500.000,00), presentando garantía de mantenimiento de oferta mediante Póliza de seguro de caución N°219559 de la Compañía Aseguradora INTEGRITY SEGUROS ARGENTINA S.A. por la suma de PESOS NUEVE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($9.345.480,00)”.-
SOBRE Nr 3: Perteneciente a la firma VIVENDAS ESTILO S.R.L. quien cotiza el ítem 1 por la suma total de PESOS CIENTO CINCO MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($105.300.000,00), SIN presentar garantía de mantenimiento de oferta incumpliendo con el artículo n°13; 14; 15 y 16 del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES.-”;
Que la presente contratación se enmarca en lo establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley N° 6769/1958) y en la forma prevista por Reglamento de Contrataciones de la Municipalidad de La Plata (Decreto N° 1340/94), y en los montos establecidos en el artículo 283 bis texto Ley N°10.766 con los valores vigentes a partir del 1º de junio de 2024, conforme la Resolución del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires;
Que a fs. 214 la Dirección General de Compras ha confeccionado el Acta de preadjudicación del cual resulta: “ se propone adjudicar el ítem 1 a la firma COMERCIAL VIVIENDAS S.R.L. por la suma total de PESOS CIENTO NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTE CON 00/100 ($109.249.920,00), por resultar ser la oferta de menor precio, considerada más conveniente a los intereses de la comuna, ajustándose la misma a todos los requisitos establecidos en pedido de cotización, Pliego de Bases y Condiciones.”;
Que ha intervenido la Secretaría Administrativa;
Que obra dictamen emitido por la Subsecretaría Legal;
Que conforme lo expuesto, se procede al dictado del correspondiente acto administrativo;
Que la presente medida, se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley N° 6769/1958) y de conformidad al Reglamento de Contrataciones (Decreto N°1340/94);
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Apruébase el procedimiento de contratación realizado para la Licitación Pública N° 31/2024, referido a la la adquisición de “13 Casas familiares Prefabricadas conforme descripción que surge del Anexo I”.-
ARTÍCULO 2º: Recházase la oferta del oferente VIVENDAS ESTILO S.R.L. por los motivos expuestos en los considerandos.-
ARTÍCULO 3º: Adjudícase la contratación a favor de la firma:
COMERCIAL VIVIENDAS S.R.L.: ítem 1, por menor precio, por la suma total de PESOS CIENTO NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTE CON 00/100 ($109.249.920,00).
FORMA DE PAGO: Dentro de treinta (30) días de la fecha de presentación de facturas en la Dirección General de Compras.-
ARTÍCULO 4°: El egreso que demande la aplicación del presente gasto será atendido con cargo a la siguiente imputación: Unidad Ejecutora 94, Secretaría de Desarrollo Social; Jurisdicción 1110176000; Fuente de Financiamiento 132 - De origen provincial.-
ARTÍCULO 5º: A los efectos del pago se aplicará de corresponder lo establecido en la Ley N° 11.838.-
ARTÍCULO 6º: Autorízase la devolución de la garantía de oferta a las firmas oferentes, previa aceptación de la respectiva Orden de Compra por parte de la firma adjudicataria, debiendo sustituir esta última la garantía de oferta por la de contrato, en los plazos establecidos por el Pliego de Bases y Condiciones.-
ARTÍCULO 7º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario Administrativo y el Secretario de Desarrollo Social.-
ARTÍCULO 8º: Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial Municipal, publíquese, pase a la Dirección General de Compras, Contaduría General y Tesorería a sus efectos. Cumplido, archívese.-
Dr. Julio Alak. Intendente. Dr. Santiago Matías Ávila. Secretario Administrativo. Lic. Nicolas Carvalho. Secretario de Desarrollo Social.