Boletines/Zárate

Decreto Nº728/24

Decreto Nº 728/24

Zárate, 27/09/2024

Visto

La Nota presentada por la ASOCIACION COOPERADORA DEL ESTABLECIMIENTO EEE Nº501 DEL DISTRITO DE ZARATE en el Expediente Municipal Nº 4121-5970/2024; y-

Considerando

Que, la ASOCIACION COOPERADORA DEL ESTABLECIMIENTO EEE Nº501 DEL DISTRITO DE ZARATE ha solicitado un subsidio para la compra de una licuadora y material descartable para el taller de servicio de la institución, por una suma PESOS DOSCIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS VENTIOCHO CON TRES CENTAVO ($ 212.528,03);

Que, obran en el expediente citado en las Visto constancias donde se acreditan datos  de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires donde se certifica que la referida Cooperadora cuenta con estatuto y miembros de la comisión directiva aprobados por el organismo;

Que, el Secretario de Desarrollo Humano Educación, Cultura y Deporte manifiesta que según informe del área de Gestión Escolar entiende viable el subsidio;

Que, a fs.16  obra dictamen de la Subsecretaría de Asuntos Legales sin presentar observaciones;

Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde acceder a lo peticionado;

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º.- Autorizase a la Contaduría Municipal a abonar la suma de PESOS DOSCIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS VENTIOCHO CON TRES CENTAVO ($ 212.528,03));, en concepto de subsidio con cargo a rendición de cuentas, ASOCIACION COOPERADORA DEL ESTABLECIMIENTO EEE Nº501 DEL DISTRITO DE ZARATE , sita en Marimon Nº 560, del Partido de Zárate.-

ARTÍCULO 2°.-  Los gastos originados en el presente Decreto deberán afectarse a: Jurisdicción: 1110108000 - Secretaría de Desarrollo Humano y Promoción    Social; Programa: 85 – Educación; Actividad: 05 – Apoyo a Instituciones Educativas; Fuente de financiamiento: 133 - Origen Nacional; Afectación: 11.9.14.00; Fondo de Financiamiento Educativo- Partida: 5.1.5.0 - Transferencias a Instituciones Educativas.-

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deportes, IVÁN RODRIGO GÓMEZ GEREZ.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, a la Secretaría de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deporte, Secretaría de Economía, Contaduría, Tesorería, publíquese y archívese.-