Boletines/Tandil
Decreto Nº 3148/2024
Tandil, 11/10/2024
Visto
Los autos caratulados “Algaze Juan Manuel y otro/a c/ Municipalidad de Tandil y otros s/ incidente" (Expte. N°INC- 14881) en trámite por ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 del Departamento Judicial de Azul; y,
Considerando
Que, en fecha 13/09/2024 el Juez de grado Dr. Quaranta ha resuelto: “1. Otorgar el pedimento de ampliación cautelar a la ordenada a fs. 2 con fundamento en las consideraciones arrojadas, estableciendo que los codemandados Municipalidad de Tandil, Sr. Ramajo, Eduardo Andrés, Fisco de la Provincia de Buenos Aires - Ministerio de salud y Seguros Médicos, deberán solventar la prestación económica correspondiente a cinco salarios mínimos vital y móvil de manera mensual, en forma solidaria y durante el plazo de seis (6) meses consecutivos a partir del mes de octubre del presente año (conf. art. 22, sstes. y cctes. del CPCA). (…)”.
Que si bien el Municipio de Tandil interpuso oportuno recurso de apelación en fecha 25/09/2024, al no tener efecto suspensivo, es que corresponde dar cumplimiento a dicha orden, debiendo abonar el Municipio de Tandil el 25% (veinticinco por ciento) de la suma de cinco (5) salarios mínimos vital y móvil de manera mensual cada treinta (30) días durante seis (6) meses consecutivos a partir del mes de ocutbre del corriente año, el que deberá realizarse en la cuenta judicial especial de alimentos del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Nº 6304-027-0519735/7 CBU 0140433727630451973577 perteneciente a los autos “Algaze Juan Manuel y otro/a c/ Municipalidad de Tandil y otros s/ incidente" (Expte. N° INC- 14881), de trámite por ante el Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 de Azul.
Que en el marco de las presentes actuaciones se ha dictado decreto DECTO-2024-3078-MUNITAN-E-INT y que atento a que no será ejecutado, corresponde revocarlo y dejarlo sin efecto.
Que al respecto se ha expedido la Dirección de Presupuesto.
Que la Secretaría de Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia.
Que es necesario el dictado de este acto administrativo.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Autorízase a Contaduría General a extender orden de pago por el 25% (veinticinco por ciento) de la suma de cinco (5) salarios mínimos vital y móvil, cada treinta (30) días en forma mensual y cosecutiva durante seis (6) meses continuos contados a partir de la emisión del presente decreto, debiendo actualizarse el pago mensual antedicho a las variaciones que sufra el valor del Salario Mínimo Vital y Móvil. Dicha suma deberá abonarse en forma mensual del día de cada mes, en la cuenta judicial especial de alimentos del Banco de la Provincia de Buenos Aires Cuenta Nº 6304-027-0519735/7 CBU 0140433727630451973577 perteneciente a los autos “Algaze Juan Manuel y otro/a c/ Municipalidad de Tandil y otros s/ incidente" (Expte. N° INC- 14881), de trámite por ante el Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 de Azul.
Artículo 2°: Por la erogación a producirse se debería apropiar imputación a la partida 3.4.3.0 “Servicios Técnicos y Profesionales – Jurídicos”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. - Administración Municipal, 1.1.1. - Administración Central, 1.1.1.01. - Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.10. – Secretaría Legal y Técnica, Actividad 01 – Administración y Coordinación, del Presupuesto de Gastos vigente para el ejercicio en curso.
Artículo 3°: Revocase y dejese sin efecto el Decreto DECTO-2024-3078-MUNITAN-E-INT
Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Legal y Técnica.
Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal. Pase a la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Presupuesto, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma Digital: Javier Alejandro López (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría Legal y Técnica - Intendencia