Boletines/Tandil

Decreto Nº3134/2024

Decreto Nº 3134/2024

Tandil, 10/10/2024

Visto

Que la trabajadora Priscila Solange Ibarra - Legajo 11.661, cumplió un año de desempeño en la planta de personal temporario del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado el 26 de septiembre de 2024.

Considerando

Que el desempeño de la trabajadora desde su designación cuenta con informe favorable y su pre-ocupacional apto.

Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Ente.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Incorpórese a la trabajadora Priscila Solange Ibarra - Legajo 11.661, designada actualmente como Personal de Servicio - Mucama en la categoría 1 - 48 hs. semanales, prestando tareas en el Hospital "Ramón Santamarina" del Sistema Integrado de Salud Pública, a la Planta Permanente a partir del 26 de septiembre de 2024, conforme a lo establecido en el Art. 25) inciso b) y 19 del CCT 9/19.

Artículo 2°: Se deja establecido que la trabajadora Priscila Solange Ibarra, se desempeñará dentro del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, debiendo cumplir horarios rotativos, mañana, tarde y noche, en días hábiles, sábados, domingos y feriados, con disponibilidad a cualquier modificación que pudiere determinar la Coordinación de Mucamas/os.

Artículo 3°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 – Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 17.00.00 – Hospital Ramón Santamarina, 17.01.00 Administración y Conducción, Fuente de Financiamiento 110 Tesoro Municipal, 1.0.0.0 Gastos en Personal, 1.1.0.0 Personal Permanente, 1.1.1.0 Retribuciones del cargo, 1.1.1.8 Personal de Servicio, 1.1.3.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.1.3.1 Por Antigüedad, 1.1.3.2 Por Extensión Horaria, 1.1.3.3 Liquidación Obra Social, 1.1.5.0 Otros gastos en personal, 1.1.5.7 Bonificación especial, 1.1.7.0 Complementos, 1.1.7.1 Presentismo del Presupuesto en vigencia.

Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por la Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia y Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Departamentos de Servicios Generales, Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y vuelva a Recursos Humanos para su archivo.

Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente)                   -   Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

          Presidencia del Sistema Integrado de Salud              -                Intendencia