Boletines/Las Flores
Decreto Nº 2139/2024
Publicado en versión extractada
Las Flores, 23/10/2024
LAS FLORES, BUENOS AIRES Miércoles 23 de Octubre de 2024
Número: DECTO-2024-2139-E-LASFLORES-INT
Referencia: Concede licencia materniadad agente María Luz Manzo-bebé prematuro-Santina-
VISTO:
El Expediente Nº 4063-1826/2024 promovido a fs. 1 por la Agente María Luz MANZO D.N.I.
36.794.523, mediante el cual solicita se le conceda licencia por “maternidad pretérmino con bajo peso”, y:
CONSIDERANDO:
Que, de los certificados médicos y epicrisis terapia intensiva neonatal (fs. 2/7), se acredita el estado de prematurez
de Santina Suriano (hija de la peticonante) quien naciera con 29 semanas de gestación en fecha 1º de junio de 2024
con fecha de alta médica el 16 de septiembre de 2024;
Que, conforme lo dispone el Ministerio de Salud de la Nación con idéntico criterio al que sostiene la Sociedad
Argentina de Pediatría existe prematurez “cuando el nacimiento se produce antes de la semana 37 de gestación
(un embarazo normal dura entre 37 y 41 semanas)”;
Que, a fs. 8, luce agregada la situación de revista informada por la Dirección de Personal mediante la cual hace
saber que la Agente María Luz MANZO, es Personal Jornalizado, Profesional B, Categoría 19, Régimen Horario de
35 horas semanales, de la Jurisdicción 1110119000 “Secretaria de Producción, Turismo y Ambiente”, Programa 19
“Turismo y Promoción” del Presupuesto de Gastos vigente;
Asimismo, en virtud del art. 106 de la Ordenanza Nro. 2836/15, será de aplicación las disposiciones de la Ley Nº
10.430, en la cual en su art. 43 establece (en un párrafo incorporado por la Ley 14241) que: “…En caso de
nacimiento pretérmino o prematuro de bajo riesgo, la licencia por maternidad será de cinco (5) meses a partir del
alta hospitalaria del bebé. En caso de nacimiento de prematuro de alto riesgo la licencia por maternidad será de
seis (6) meses a partir del alta hospitalaria del bebé…” Asimismo, el último párrafo del mismo cuerpo normativo
citado expresa que: “… Considérese prematuro de bajo riesgo a aquel que al momento de nacer, hubiere pesado
entre dos mil quinientos (2.500) y mil quinientos (1.500) gramos, y prematuro de alto riesgo a aquel que hubiere
pesado al nacer mil cuatrocientos noventa y nueve (1.499) gramos o menos, y/o que tuviere entre veinticuatro y
treinta y seis semanas de gestión”;
Por las razones expuestas, y de conformidad con el art. 43 de la ley 10.430 y los arts. 52, 54 y 106 del “Estatuto para
el Personal de la Municipalidad de Las Flores” (Ord. 2836/15), y Art. 3º de la Ordenanza Nº 3533/2024
modificatoria de la Ordenanza Nº 2836/15, corresponde acceder a lo solicitado y conceder a la agente María Luz
MANZO D.N.I 36.794.523 la licencia por maternidad por el término de 6 meses (Prematuro de alto riesgo los
de 24 a 36 semanas de gestación a partir del alta médica, es decir a partir 16 de setiembre de
2024;
Por ello y de acuerdo con lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales a fs. 10;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LAS FLORES
D E C R E T A :
Art. 1º.- Concédese a la agente municipal MARÍA LUZ MANZO, D.N.I.Nº 36.794.523, licencia por maternidad
por el término de seis (6) meses, a partir del alta hospitalaria de su hija Santina Suriano, de conformidad con el
Art. 43º de la Ley 10.430 y los Arts. 52º, 54º y 106º “Estatuto para el Personal de la Municipalidad de Las Flores
(Ordenanza Nº 2836/15) y Art. 3º de la Ordenanza Nº 3533/2024 modificatoria de la Ordenanza Nº 2836/15 a partir
del 16 de setiembre de 2024 y hasta el 16 de marzo de 2025.
Art. 2º.- Cúmplase, comuníquese a la Dirección de Recursos Humanos, a la Dirección de Personal y por su
intermedio notifíquese a la interesada, a Contaduría y dése al R.O. de Decretos del M.
FIRMA DIGITAL: Lucas Martin Boggini (Secretario de Relaciones Institucionales y Gobierno ) - Fabián Blanstein (Intendente Interino)