Boletines/Trenque Lauquen
Ordenanza Nº 5547/2024
Trenque Lauquen, 26/08/2024
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
La Municipalidad de Trenque lauquen a través de la Dirección de Espacios Verdes ha diseñado y desarrollado el Plan Integral de Arbolado Urbano confeccionado, dando cumplimiento a lo establecido en la Ley Provincial 12.276 de Arbolado Público de la Provincia de Buenos Aires, su Decreto Reglamentario y la Ordenanza Municipal 4250/14, buscando constituirse como una herramienta fundamental de planificación y gestión de la Dirección antes mencionada.
El Objetivo general es recopilar, ordenar y priorizar las políticas públicas de gestión del Bosque Urbano de la ciudad de Trenque Lauquen, con objetivos específicos tales como: a) Contar con información básica respecto al arbolado público de la ciudad para facilitar una gestión eficiente de la Dirección de Espacios Verdes; b) Generar una herramienta educativa para transmitir a la comunidad la importancia del arbolado público frente al contexto de cambio climático; c) Definir políticas de acción que aseguren la biodiversidad de flora y fauna y la mitigación de los efectos de olas de calor; y d) Instrumentar el concepto de Bosque Urbano, dentro de las políticas de gestión del arbolado de la ciudad de Trenque Lauquen.
A efectos de llevar adelante el mismo se han tenido en cuenta los términos de las ordenanzas hasta la fecha existentes, cuyas disposiciones podrían verse modificadas de acuerdo al método y objetivos de este nuevo estudio, por lo que corresponderá derogar en lo pertinente toda legislación anterior que se oponga a los términos aquí propuestos.
Por lo expuesto precedentemente se propicia la norma en cuestión (Exp. N° 3660/00 HCD.).
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:
O R D E N A N Z A
ORDENANZA
Artículo 1°.-) Apruébase el Plan Integral de Arbolado Urbano para la ciudad de Trenque Lauquen que como Anexo I se adjunta, desarrollado por la Municipalidad a través de la Dirección de Espacios Verdes.
Artículo 2°.-) Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO.
Gustavo BORIES
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
Marta BATHIS
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Promulgación: Decreto N° 2482/2024 – 29/08/2024
Firma: Fracisco Recoulat – Intendente Municipal.
Dr. Martin I. Borrazas – Secretario de Gobierno