Boletines/Bragado

Ordenanza Nº5672

Ordenanza Nº 5672

Bragado, 06/09/2024

VISTO: Los Convenios celebrados entre los médicos anestesistas LUCIANO ARIEL FUSCHETTO, MARIA INES DOMINGUEZ, JORGE DUHALDE y MARIA LUISA MEL; y la MUNICIPALIDAD DE BRAGADO, representada por el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, Dn. SERGIO JUAN BARENGHI; y CONSIDERANDO: Que, la celebración de los Convenios mencionados tiene por objeto la contratación de servicios médicos de anestesia, analgesia y reanimación durante las 24 horas del día; Que, dichos servicios serán prestados por los Médicos Anestesistas en el Hospital Municipal San Luis de acuerdo a las necesidades que se establezcan; Que, el Municipio abonará a los Médicos Anestesistas una suma de acuerdo a la facturación mensual que presenten cada uno de los médicos anestesiólogos, conforme los valores detallados en la cláusula séptima del Convenio; Que, las modalidades prestacionales se han establecido en unidades asistenciales programadas y unidades asistenciales de urgencia o guardia; Que, por las unidades asistenciales programadas la Municipalidad de Bragado abonará por práctica conforme el nomenclador de la AADOB (Asociación de Anestesiología y Dolor del Oeste Bonaerense): MB-MD-ME-MF-MI: la suma de Pesos Noventa y Cuatro Mil Seiscientos Once ($94.611) por todo el plazo del contrato; por las prácticas EA-EB-EC: la suma de Pesos Ciento Treinta y Dos Mil Cuatrocientos Noventa ($132.490); por las prácticas ED-EE-EF: la suma de Pesos Ciento Setenta Mil Trescientos Cuarenta ($170.340); por las prácticas G-H-I: la suma de Pesos Doscientos Treinta y Cuatro Mil Quinientos ($234.500); por las prácticas de Endoscopias VEDA y VCC: la suma de Pesos Cuarenta y Siete Mil Trescientos ($47.300); por las prácticas de Anestesias Pediátricas: la suma de Pesos Doscientos Ocho Mil Doscientos ($208.200); y por las prácticas de Neurocirugías la suma de Pesos Doscientos Ocho Mil Doscientos ($208.200); Que, por las unidades asistenciales de urgencia o guardias el Municipio abonará los días lunes a viernes en la suma de Pesos Cuatrocientos Ochenta y Siete Mil Ochocientos Quince ($487.815) por todo el contrato; y los días sábados, domingos y feriados en la suma de Pesos Seiscientos Treinta y Nueve Mil Quinientos Ochenta ($639.580); Que, además el Municipio abonará a la Dra. Mel María Luisa la suma mensual de Pesos Doscientos Ochenta y Nueve Mil Doscientos ($289.200) en concepto de viáticos, por su estadía en la ciudad de Bragado en oportunidad de realizar las guardias correspondientes; Que, asimismo la Municipalidad se compromete a proveer los insumos necesarios previstos en la cláusula novena del Contrato, para que los profesionales médicos anestesistas puedan llevar a cabo su labor; Que, el plazo de vigencia de los mencionados Convenios es desde el día 01 de Julio de 2024 y hasta el día 31 de Agosto de 2024, pudiendo ser resueltos sin expresión de causa por cualquiera de las partes mediante notificación fehaciente. Queda reservada la facultad del Municipio de rescindir parcialmente los convenios con respecto a alguno de los profesionales médicos; POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA  Nº 5672/24

ORDENANZA

ARTICULO 1º. CONVALIDAR los Convenios celebrados entre la MUNICIPALIDAD DE BRAGADO y los Profesionales Médicos Anestesistas, Dres. LUCIANO ARIEL FUSCHETTO, MARIA INES DOMINGUEZ, JORGE DUHALDE y MARIA LUISA MEL, con fecha 01 de Julio de 2024, el cual tendrá vigencia por Dos (2) meses, venciendo en consecuencia el día 31 de Agosto de 2024. Dicho convenio tiene por objeto la contratación de la totalidad de los servicios médicos de anestesia, analgesia y reanimación a prestarse durante las 24 horas del día que se realizan en el Hospital Municipal San Luis de Bragado. ARTICULO 2º. CUMPLASE, COMUNÍQUESE, REGISTRESE Y ARCHÍVESE.