Boletines/Coronel Dorrego

Resolución Nº0062/2024

Resolución Nº 0062/2024

Coronel Dorrego, 14/08/2024

Visto

Que por Decreto N° 585/2024, Modificación Ley de Ministerios, art. 8° la Agencia Nacional de Discapacidad pasa como organismo descentralizado en la órbita del Ministerio de Salud; y

Considerando

Que la ANDIS tiene como objetivo propiciar el acceso a la justicia, en igualdad de condiciones, de las personas con discapacidad, brindando acompañamiento jurídico en materia de derechos y discapacidad. Que mediante el Decreto N° 698/17 se creó la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), como organismo descentralizado en la órbita de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, encargado de desarrollar, articular e implementar políticas públicas en discapacidad desde una perspectiva integral de promoción de derechos, facilitando el acceso de las personas con discapacidad al conjunto de las herramientas propuestas por el Estado nacional en la materia. Que la modificación Ley de Ministerios que dispone el paso de la Agencia Nacional de Discapacidad al Ministerio de Salud demuestra un gran retroceso en relación a la perspectiva de Derechos Humanos. Que esta modificación refleja un modelo de la discapacidad caduco, obsoleto, arraigado en una concepción de paradigma eminentemente médico que contempla a la persona con discapacidad como objeto de cuidado desde una perspectiva asistencialista y no como sujeto pleno de derecho. Que el paso del ANDIS a la órbita de Salud es una regresión y contradice el compromiso asumido por la Argentina en 2008 con la aprobación de la Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad y el enfoque de Derechos Humanos. Que el modelo médico de la discapacidad, enfocado en “rehabilitar” “corregir”, “enmendar” a la persona mediante intervenciones médicas, deja atrás el modelo social que ve a la discapacidad como resultado de barreras sociales y ambientales. Que el modelo médico no se centra en la inclusión social, sino que espera que el individuo se adapte al entorno en lugar de hacerlo accesible para todos. Que el enfoque rehabilitador perpetúa la estigmatización y no aborda estas barreras, mientras que el modelo social promueve su eliminación y la igualdad de oportunidades. Que este modelo tiene un alcance limitado en la promoción de los derechos humanos, no garantizando el acceso a la educación, empleo y participación social. Que el modelo social impulsa políticas que garanticen, promuevan y aseguren la inclusión, igualdad de oportunidades y la plena participación de las personas con discapacidad en todos los aspectos de la vida. Que mientras el enfoque rehabilitador se estanca en la estigmatización y no aborda ni promueve la eliminación de barreras, el modelo social busca no sólo suprimir los elementos que condicionan a las personas con discapacidad, también generar la igualdad de oportunidades.

POR TODO ELLO, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de facultades que le son propias, dicta la siguiente: RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1°) Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional garantice el abordaje de la ============= discapacidad desde un modelo social y desde una perspectiva de derechos, de acuerdo con las determinaciones emanadas de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.- ARTÍCULO 2º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo, demás que corresponda, ============= dése al Registro Oficial y oportunamente, archívese.- SALA DE SESIONES, 14 de Agosto de 2024.-