Boletines/Coronel Dorrego

Ordenanza Nº4570/2024

Ordenanza Nº 4570/2024

Coronel Dorrego, 28/08/2024

VISTO: La solicitud de aprobación de obra efectuada por la Dirección de Obras Sanitarias y Alumbrado Público; y CONSIDERANDO: Que el área interviniente traslada petición de vecinos que requieren ampliación de la red cloacal en Calle Gregorio Juárez (vereda impar) entre Calle 13 de Diciembre y Calle Luis Piedrabuena, de la Ciudad Cabecera. POR TODO ELLO, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de facultades que le son propias, dicta la siguiente: ORDENANZA:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar las obras de red ============ cloacal en Calle Gregorio Juárez (vereda impar) entre Calle 13 de Diciembre y Calle Luis Piedrabuena, de la Ciudad Cabecera. ARTÍCULO 2º) Facúltase al Departamento Ejecutivo a determinar prioridad, orden y ============= tiempo de ejecución, en función de: • Mayor número de beneficiarios por cuadra. • La efectiva disponibilidad del Fondo que financia la presente obra. • Razones de factibilidad técnica y/u operativa. • Consideraciones de carácter urbanístico.- ARTÍCULO 3º) Declárese de Utilidad Pública y Pago Obligatorio las obras cuya ============= autorización se dispone en el Artículo 1º de la presente Ordenanza, las que se llevarán a cabo por el sistema de Obras por administración, previsto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, Ordenanza General y demás Normas de aplicación en la materia.- ARTÍCULO 4º) Establézcase que dentro del plazo de cinco (5) días contados desde la ============= publicación de ésta Ordenanza, el Departamento Ejecutivo dispondrá la apertura del Registro de Oposición por el término de diez (10) días hábiles.- ARTÍCULO 5º) Efectúase A TRAVÉS DEL Departamento Ejecutivo las ============= correspondientes liquidaciones por los trabajos de zanjeos, provisión y colocación de la red de distribución de las obras de infraestructura establecidas en la presente norma. La extensión de dicha red tendrá un costo equivalente al valor de 4 (cuatro) bolsas de cemento portland de 50 kg. en comercio minorista local, por metro lineal de frente. El importe antedicho resulta de dividir el monto total de la obra por los metros de frente efectuados, descontado los lotes de esquina que cuentan con el servicio en la actualidad, los que quedarán exentos del pago de dicha mejora. El derecho de Conexión será abonado de acuerdo a lo que estipula el Artículo 13º a) o b) de la Ordenanza General Impositiva vigente. Son responsables del pago los propietarios, usufructuarios, poseedores a título de dueño o tenedores precarios y demás responsables de los respectivos lotes. ARTÍCULO 6º) Dispóngase que el Departamento Ejecutivo notificará en forma ============= fehaciente a cada obligado, el monto total de la obra a su cargo, el que tendrá desde entonces quince (15) días corridos para optar por alguna de las siguientes modalidades: a) Contado con el descuento del 20% (veinte por ciento). MUNICIPALIDAD DE CORONEL DORREGO Departamento Deliberativo * b) En doce (12) cuotas mensuales, iguales y consecutiv as que representen el total de la obra, para aquellos obligados cuyo frente no supere los diez (10) metros. c) Hasta en veinticuatro (24) cuotas mensuales, iguales y consecutivas que representen el total de la obra, para aquellos obligados cuyo frente supere diez (10) metros. d) Hasta treinta y seis (36) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, para aquellos obligados cuyo frente supere los veinte (20) metros. Los casos especiales que por distintas circunstancias o razones requieran otros planes de pago, serán evaluados su situación socio-económica, determinando el Departamento Ejecutivo la cantidad de cuotas en cada caso. Abonarán las primeras 12-24 – 36 cuotas, fijadas en relación a los metros de frente que el inmueble del contribuyente posea, sin interés y a las restantes se les aplicará un interés del 12% anual. En todos los casos las cuotas vencerán los días 19 de cada mes, y el atraso en el pago de las cuotas dará lugar al Departamento Ejecutivo a aplicar el interés resarcitorio. Asimismo, la falta de pago de la obra y/o cuotas convenidas dará lugar al Departamento Ejecutivo a iniciar ejecución judicial por vía de apremio.- ARTÍCULO 7º) Fíjase la siguiente imputación para la red de Cloacas: 111.01.08.000 Secretaría de Ambiente Obras y Servicios Públicos 18.05.00 Planta Depuradora – Líquidos Cloacales 4.2.2.0 Construcciones en bienes de dominio público Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal.- ARTÍCULO 8º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo, demás que corresponda, dése ============ al Registro Oficial y oportunamente, archívese.- SALA DE SESIONES, Agosto 28 de 2024.-