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Resolución Nº224/2024

Resolución Nº 224/2024

Mercedes, 17/09/2024

Visto

Lo solicitado en Expediente N° 00020646/ 2024 caratulado “Alumnos 6º año Colegio San Antonio de Padua s/ solicitud de permiso Día de la Primavera” con estructura desmontable, sujeta a la aprobación de Bomberos de la policía de Luján el 21/09/2024 en instalaciones del predio ubicado en Ex Ruta Nº 5 y calle 17            

Considerando

            Que se encuentran acompañadas las exigencias requeridas por esta administración: certificado de cobertura de responsabilidad civil; nómina del personal de seguridad; constancia de contratación de servicio de emergencias médicas.

            Que horas antes del inicio del espectáculo, personal de Protección Civil y Seguridad recorrerá las instalaciones y labrará un informe que determinará que se encuentran cumplidas la totalidad de las exigencias requeridas para garantizar la integridad de los concurrentes.

            Que entiendo que se encuentran cumplidas las exigencias establecidas por la Ordenanza Municipal 5859/04.

LA SEÑORA SECRETARIA DE GOBIERNO en uso de sus facultades legales que le son propias.

RESUELVE

ARTICULO 1°: Autorizar a los padres de alumnos de 6° año del Colegio San Antonio de Padua, según presentación en expediente de referencia, a realizar el evento en instalaciones del predio ubicado en Ex Ruta Nº 5 y calle 178, el día 21 de septiembre de 2024, con estructura desmontable sujeta a la aprobación Bomberos de la policía de Lujan, si y solo sí, se acredita, mediante informe de Protección Civil y Seguridad, el cumplimiento de las medidas de seguridad exigibles para llevar a cabo el mismo.-

ARTICULO 2°: Hágase saber a los padres de alumnos de 6° año del Colegio San Antonio de Padua, que corre bajo su responsabilidad cualquier tipo de vicio y/o riesgos frente a terceros sobre cualquier circunstancia que altere, antes o durante el evento, los extremos que fueron oportunamente acordados y/o aprobados por autoridades competentes.-

ARTICULO 3º: Hágase saber a los padres de alumnos de 6° año del Colegio San Antonio de Padua que deberán cumplir, bajo su total responsabilidad, con todas y cada una de las recomendaciones que fueron volcadas en el informe de Asesoramiento Técnico del Cuartel de Bombero de Luján- en especial con el factor de ocupación- para el evento que se encuentra anexado a las presentes actuaciones (Exp. N° 00020646/ 2024) y cualquier otro tipo de requerimiento y/o exigencia del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTICULO 4°: Se deberá dar cumplimiento a lo dictaminado en el Art. 12 cap. V de la Ordenanza 5859/04 (Horario de cierre); ley 11825 y 14050 art. 19 expendio de bebidas alcohólicas en la  modalidad canilla/ Barra libre.-

ARTICULO 5°: .Deberán cumplir con lo enunciado en la Ordenanza 7204/2012, sobre ruidos molestos, donde los mismos no podrán exceder los límites de su parcela.-

ARTICULO 6°: El permiso mencionado en el artículo 1° tendrá el carácter de personal e intransferible.-

ARTICULO 7°: Notifíquese a los padres de alumnos de 6° año del Colegio San Antonio de Padua. Regístrese. Cumplido, archívese.-