Boletines/Mercedes
Decreto Nº 1630/2024
Mercedes, 11/09/2024
Visto
Que la Dirección de Turismo y Comercio, solicita mediante expediente GDE N° 00026398/2024, la declaración de interés municipal, el 6° Festival de Cerveceros Mercedinos, y
Considerando
Que esta Municipalidad de Mercedes en los últimos años viene realizando un trabajo mancomunado con las microcervecerias locales para acompañar el desarrollo y crecimiento del sector contribuyendo a la generación de puestos de trabajo, por lo que este año ser realizará la 6° Edición del Festival de Cerveceros.
Que este tipo de eventos, también acompaña el trabajo de otros sectores vinculados al turismo y se logra un beneficio directo e indirecto desde el punto de vista económico.
Que se realizara los días 5 y 6 de octubre de 2024 en el Parque Municipal Sector Nuevo ubicado en Héroes de Malvinas y 68, en el que habrá puestos gastronómicos, artesanos, artistas y músicos.
Que a partir de observaciones realizadas en fiestas anteriores y las indicaciones dadas por el Honorable Tribunal de Cuenta de la Provincia de Buenos Aires, Delegación Mercedes, se ha decidido organizar la misma por el Municipio en su totalidad, sin recurrir a una comisión organizadora.
Que esto, motiva la elaboración del presente decreto, a fin de dejar establecido en el mismo todos los ingresos que se piensa obtener por la organización de dicha fiesta, como así también determinar aspecto de su realización que hagan a la organización de la misma y a que cuenta municipal se afectaran todos los ingresos como los egresos.
Que, dada la importancia del mismo, se estima procedente su declaración de Interés Municipal.
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108, inciso 17) del Decreto Ley 6769/58.
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MERCEDES
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Declárase de Interés Municipal el 6° Festival de Cerveceros Mercedinos a realizarse los días sábado 5 y domingo 6 de octubre de 2024, en el Parque Municipal Sector Nuevo ubicado en Héroes de Malvinas y 68. de la Ciudad de Mercedes.
ARTICULO 2º.- Autorizase a la Contaduría Municipal a librar las respectivas órdenes de pago a fin de solventar los gastos que demande la organización de dicho evento.-
ARTICULO 3º.-Establecese que el precio de las entradas para el 6º Festival de Cerveceros Mercedinos serán las siguientes:
ONLINE ANTICIPADAS (hasta el día jueves 03 de octubre de 2024) |
*La adquisición de entradas anticipadas online serán por intermedio de la web oficial digital: mercedes.boleteríadigital.com.ar
FÍSICAS |
Menores de 12 años y personas con discapacidad sin cargo.
ARTICULO 4º.- Otórguese dos (2) entradas especiales por agente municipal, para que ingresen de manera gratuita uno de los días del 6º Festival de Cerveceros Mercedinos.
FOOD GASTRONÓMICO |
$ 120.000,00 |
FOOD CERVECERO |
$ 120.000,00 |
EMPRESAS |
$ 100.000,00 |
GAZEBO Y/O BARRA DE JUGOS |
$ 90.000,00 |
CAZEBO COMESTIBLE SALADO |
$ 80.000.00 |
GAZEBO COMESTIBLE DULCE |
$ 50.000,00 |
GAZEBO TORTERO/A |
$ 50.000,00 |
JUEGOS |
$ 50.000,00 |
CAZEBO RESTAURANTES Y/O COMERCIO GASTRONÓMICO HABILITADO |
$ 100.000,00 |
REVENTA |
$ 75.000,00 |
VENTA DE POCHOCLOS |
$ 30.000,00.- |
EMPRENDIMIENTO PRODUCTIVO ALIMENTICIO |
$ 30.000,00.- |
PRODUCCIONES ALTERNATIVAS |
$ 50.000.00.- |
ARTESANOS/AS
CABINAS DE FOTOS |
$ 30.000.00.-
$ 40.000,00.- |
ARTÍCULO 5º.- Establézcase que los valores de los stands para la 6º Festival de Cerveceros Mercedinos, serán los siguientes:
ARTICULO 6º.- Establézcase que los empleados municipales que trabajen en el 6º Festival de Cerveceros Mercedinos, percibirán, según la tarea a desarrollar, una suma fija no remunerativa por única vez de:
ARTICULO 7º.- Establecese que el valor del estacionamiento por jornada será el siguiente:
ARTICULO 8º.- Establécese que el estacionamiento estará cargado de los Clubes Recreativo Unión; Palometas; Defensores Juniors y Atlético Trocha, dichas asociaciones están declaradas como entidades de bien público, por lo cual no se le cobrará la concesión de las mismas.
ARTICULO 9º.-Establécese que las cantinas estarán a cargo de clubes deportivos e instituciones de nuestra ciudad, las cuales están declaradas como entidades de bien público, por lo cual no se le cobrará la concesión de las mismas. Los lugares que ocupen ellas, se establecerán mediante sorteo en la Dirección de Deportes. A saber:
ARTICULO 10º.- Autorizase a que todos los ingresos como los egresos del 6º Festival de Cerveceros Mercedinos se imputen a la cuenta: “Fondo de Eventos Municipales”. -
ARTICULO 11º.- Regístrese, publíquese, notifíquese, comuníquese, cumplido, archívese.