Boletines/Mercedes

Decreto Nº1623/2024

Decreto Nº 1623/2024

Mercedes, 09/09/2024

Visto

Lo actuado en Expediente Administrativo Nº 5686/2024, caratulado “Concurso de Precios N° 57/2024 s/ la adquisición de carne para Casa de la Niñez”, y;

Considerando

Que, a partir de la necesidad formulada por la Secretaría de Desarrollo de la Comunidad según Solicitud de Pedido n° 6800/24 obrante a fs. 3, se realizó el llamado de Concurso de Precios n° 57/2024 con motivo de convocar oferentes y lograr la compra de carne destinada a abastecer a la Casa de la Niñez.

Que, habiéndose previsto el primer llamado para el día 27/08/2024, se presentó únicamente el proveedor Semagú Mercedes S.R.L., según consta en Acta de Apertura de fs. 16. Que, por ello y en consecuencia de la imposibilidad de constatar y certificar los valores del mercado en la forma debida, se procedió a realizar un segundo llamado para el día 04/09/2024.

Que a dicha convocatoria se han presentado dos oferentes, según constare en el Acta de Apertura obrante a fs. 53.

Que, a partir del análisis de la documental y de las planillas de oferta presentadas por ambos proveedores, se observa que la firma Gestcom S.R.L. únicamente presenta cotización para ítem n° 3. Que respecto al resto de ítems únicamente los cotizó en su totalidad la firma Semagú Mercedes S.R.L.

Que, luego de los informes técnicos y contables obrantes a fs. 78-81, se concluye que resulta conveniente para los intereses municipales resolver la adjudicación del proceso en estas instancias y en estas condiciones, habida cuenta de la necesidad alimentaria de abastecer al establecimiento “Casa de la Niñez”, y considerando además el transcurso del tiempo desde la fecha de origen del pedido hasta la fecha actual.

Que, incluso, los valores presentados por la firma Semagú Mercedes S.R.L. se ajustarían a la realidad económica del país, visto el presupuesto oficial obrante a fs. 5, resultado de conveniencia para el erario municipal.

Que teniendo en cuenta ello, y que se han realizado dos llamados sin tener un mayor éxito con la presentación de propuestas, existen razones administrativas, económicas y de oportunidad que aconsejan dictar con celeridad el acto administrativo de adjudicación ad referéndum de los bienes mencionados que permita su concreción.

Que, por ello, el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias.

D E C R E T A:

ARTICULO 1º) ADJUDICASE AD REFERÉNDUM del Honorable Concejo Deliberante (HCD) a la firma SEMAGÚ MERCEDES S.R.L. por un total de $14.471.231,00 (Pesos catorce millones cuatrocientos setenta y un mil doscientos treinta y uno con 00/100 centavos), la compra de carne destinada a Casa de la Niñez, según lo especificado en el pliego de bases y condiciones, específicamente:

ITEM

Cantidad

Descripción

1

840 Kgs

Paleta vacuna

2

729 Kgs

Carne picada vacuna

3

1.500 Kgs

Pollo fresco

4

200 Kgs

Tapa de asado vacuna

 

ARTICULO 2º) Tómese razón, comuníquese a las áreas competentes y cumplido, archívese.