Boletines/Mercedes
Decreto Nº 1607/2024
Mercedes, 06/09/2024
Visto
La necesidad de regularizar el dominio de las tierras del Partido de Mercedes por lo que se ha conformado expediente N° 4075-479/2024 caratulado “Celay María Inés DNI: 13.187.308 y Testa Gisella Lucia DNI: 39.435.739, solicitan escrituración gratuita por ley 10.830 – Partidas 24.351/24.352”, y:
Considerando
Que en el marco de la solicitud de regularización dominial del inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Circunscripción. II, Sección. B, Chacra 135, Parcela 2 AA, Partida Inmobiliaria Nº 24.352 y Nomenclatura Catastral: Circunscripción. II, Sección. B, Chacra 135, Parcela 2 Z, Partida Inmobiliaria Nº 24.351,con fecha 15 de agosto del año 2023 las Sras. Celay María Inés DNI: 13.187.308 y Testa Gisella Lucia DNI: 39.435.739, suscriben Contrato de Cesión y Transferencia de Derecho con Cargo a favor de la Municipalidad de Mercedes (B);
Que, en razón de la cláusula cuarta del referido contrato, las Sras. Celay María Inés DNI: 13.187.308 y Testa Gisella Lucia DNI: 39.435.739 en su carácter de cedentes, imponen a la Municipalidad de Mercedes (B) como cargo la regularización del dominio del inmueble identificado en el párrafo que antecede;
Que a través del Decreto Nº 1939, Folio Nº 2395/2396, Libro Nº 57 del año 2023 se declara operada la prescripción adquisitiva del inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Circunscripción. II, Sección. B, Chacra 135, Parcela 2 AA, Partida Inmobiliaria Nº 24.352 y Nomenclatura Catastral: Circunscripción. II, Sección. B, Chacra 135, Parcela 2 Z, Partida Inmobiliaria Nº 24.351, requiriendo en tal acto la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la provincia de Buenos Aires a los fines de la registración del mismo a favor de la Municipalidad de Mercedes (B);
Que, en consecuencia, con fecha 26 de abril del año 2024, se inscribe el inmueble objeto de autos bajo Matrículas Nº 30.844 y N° 30.847 a través de Escritura Nº 7161/7162;
Que la regularización dominial se caracteriza por su carácter de interés social derivado de la situación económica de las familias que se hallan encuadradas en las previsiones de la Ley 10.830, arts. 2º y 4º inc. D, teniendo el municipio especial interés en regularizar las viviendas sitas en terrenos municipales;
Que dicha situación económica es constatada en el informe socioeconómico ambiental realizado por la Licenciada en Servicio Social, María Florencia Obieta, con fecha 3 de septiembre del año 2024 a las Sras. Celay María Inés y Testa Gisella Lucia, del cual surge, entre otros aspectos, la recomendación de la profesional de dar curso favorable a la solicitud de escrituración gratuita con interés social de los peticionantes de autos;
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias;
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Adjudíquese en forma definitiva el inmueble identificado con Nomenclatura Catastral:Circunscripción. II, Sección. B, Chacra 135, Parcela 2 AA, Partida Inmobiliaria Nº 24.352 y Nomenclatura Catastral: Circunscripción. II, Sección. B, Chacra 135, Parcela 2 Z, Partida Inmobiliaria Nº 24.351 a las Sras.Celay María Inés DNI: 13.187.308 y Testa Gisella Lucia DNI: 39.435.739, ello en cumplimiento del cargo dispuesto en la cláusula cuarta del Contrato de Cesión y Transferencia de Derecho con Cargo suscripto con la Municipalidad de Mercedes (B) con fecha 15 de agosto del año 2023.-
ARTÍCULO 2º.- Declárese de Interés Social la Regularización Dominial del inmueble ubicado en el partido de Mercedes (B) identificado con Nomenclatura Catastral: Circunscripción. II, Sección. B, Chacra 135, Parcela 2 AA, Partida Inmobiliaria Nº 24.352 y Nomenclatura Catastral: Circunscripción. II, Sección. B, Chacra 135, Parcela 2 Z, Partida Inmobiliaria Nº 24.351, a favor delas Sras.Celay María Inés DNI: 13.187.308 y Testa Gisella Lucia DNI: 39.435.739, que tramita mediante expediente municipal Nº 4075-479/2024.-
ARTÍCULO 3º.- Requiérase la intervención de Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de los actos notariales correspondientes, a favor de los solicitantes, conforme a lo previsto por los arts. 2º y 4º inc. D de la Ley 10.830.-
ARTICULO 4°: Comuníquese, publíquese, regístrese en el Libro de Decretos, pase a Escribanía General de Gobierno y Catastro a sus efectos, cúmplase y oportunamente archívese.-