Boletines/Mercedes
Decreto Nº 1605/2024
Mercedes, 06/09/2024
Visto
La solicitud presentada por la Subsecretaría de Servicios Públicos a fs. 1 del Expediente Municipal n° 5660/24 sobre la necesidad de adquirir un martillo hidráulico marca “Bobcat” modelo NB150 para el móvil n° 460 – Excavadora, y;
Considerando
Que la marca y el modelo de marras aseguran un perfecto ensamble, mayor adaptabilidad y trazabilidad para el equipo excavador, lo cual resulta ser conveniente para los intereses municipales, habida cuenta de que el sistema de “enganche” de una marca distinta produciría una menor presión hidráulica a la hora de percutar, y que el martillo no tenga el mismo golpe por impacto.
Que, según expone la Subsecretaría en su informe de fs. 1, la compra de una marca genérica afectaría el circuito de retorno hidráulico del aceite, desgastando los pernos y bujes.
Que, tratándose de una maquinaria pre-existente – Móvil n° 460 Excavadora “Bobcat E35Z” – la compra de una marca adaptable no garantizaría el perfecto enganche con la misma, lo cual en el largo plazo implicaría modificaciones y adaptaciones, lo que conlleva un costo económico. Que, pese a que pudieran adaptarse, la máquina y el martillo no trabajarían al cien por ciento de su capacidad, lo cual desgastaría sus piezas y, en consecuencia, habría que cambiarlos con mayor frecuenta y reduciendo la vida útil de los mismos.
Que, por todo lo expuesto, resulta conveniente resolver la compra de una marca exclusiva – Bobcat modelo NB150.
Que dicha figura se encuadra dentro de los parámetros previsto en el artículo 156° inciso 1) de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, expone “…se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos: 1° Cuando se trate de artículos de venta exclusiva…”
Que por el presupuesto obrante a fs. 22, se entiende que la diferencia habida entre ambas cotizaciones se ajusta a la variación en cuanto a la calidad de los martillos, tratándose ésta de una marca genérica.
Que, atento a ello, existe una diferencia del 10,6% justificada por la calidad del equipo cotizado por la marca Bobcat modelo NB150, ajustándose a los valores del mercado, dando por certificado el precio en el marco de lo establecido en el artículo 156° inciso 10) de la Ley Orgánica de las Municipalidades; expone “…se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos: … 10° Las adquisiciones de bienes de valor corriente en plaza en las condiciones comerciales de oferta más convenientes en el mercado, cualquiera sea su monto”
Que, en consecuencia y por lo anteriormente expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente a fin de concretar la compra.
Que, por ello, en uso de las facultades legales que le son propias, el señor Intendente Municipal
DECRETA:
ARTICULO 1º) AUTORÍZASE la adjudicación - en los términos del artículo 156° incisos 1° y 10° de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires – de Un Martillo Hidráulico Marca Bobcat Modelo NB150, a la firma GRÚAS SAN BLAS S.A. por un total de U$D 20.200 (dólares estadounidenses veinte mil doscientos), los cuales deberán cancelarse en su equivalente en pesos al tipo de cambio vigente según cotización billete del Banco de la Nación Argentina al día de la acreditación del pago, por las razones expuestas en los Considerando.
ARTICULO 2º) Notifíquese, regístrese y cumplido, archívese.