Boletines/Mercedes
Decreto Nº 1578/2024
Mercedes, 03/09/2024
Visto
Que el Municipio se encuentra en la continuidad del proyecto "Desarrollo Normativo de Instrumentos de Gestión, redacción de códigos urbanos y Gestión Pública Municipal", iniciado en 2023 y que requiere la contratación de profesionales especializados para la Segunda Etapa, a desarrollarse entre octubre y diciembre de 2024; y
Considerando
Que la primera etapa del proyecto se ejecutó exitosamente durante el año 2023, logrando importantes avances en la normativa de gestión y planificación urbana;
Que es necesario dar continuidad al trabajo realizado, asegurando la calidad y efectividad en la implementación de las metas propuestas para esta Segunda Etapa del proyecto;
Que se requiere la contratación de profesionales con perfil técnico y especializado en las áreas de normativa de gestión, redacción de códigos urbanos y gestión pública municipal, a fin de cumplir con los objetivos previstos;
Que el Programa para la Contratación de Profesionales detalla los perfiles requeridos, la metodología de contratación, las responsabilidades y el cronograma de actividades, asegurando una adecuada ejecución del proyecto;
Por ello el intendente municipal de la municipalidad de mercedes en uso de sus facultades legales que le son propias,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.º: Apruébese el Programa "Desarrollo Normativo de Instrumentos de Gestión, redacción de códigos urbanos y Gestión Pública Municipal", que se llevará a cabo entre los meses de octubre y diciembre de 2024.
ARTÍCULO 2.º: Autorícese a la Secretaría de Gobierno a realizar las gestiones necesarias para la contratación de los profesionales especializados en las áreas de normativa de gestión, urbanismo, y gestión pública municipal, según lo establecido en el Programa aprobado en el Artículo 1.º.
ARTÍCULO 3.º: Establézcase que los profesionales contratados cumplirán con las responsabilidades y tareas asignadas conforme a los perfiles especificados en el Programa, y deberán entregar los productos y resultados en los plazos establecidos en el cronograma interno de actividades.
ARTÍCULO 4.º: La Dirección de Planeamiento Urbano y Ordenamiento Territorial dependiente de la Secretaría de Gobierno será responsable de la supervisión, seguimiento y control del cumplimiento del Programa, debiendo informar periódicamente sobre el avance del proyecto.
ARTÍCULO 5.º: Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a las partidas presupuestarias correspondientes del Ejercicio 2024.
ARTÍCULO 6.º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.