Boletines/Carlos Tejedor

Ordenanza Nº2912/24

Ordenanza Nº 2912/24

Carlos Tejedor, 09/09/2024

VISTO:

La necesidad de promover acciones dirigidas hacia la inclusión de personas con dificultades o discapacidades

El proyecto que acompaña, propone al Honorable Concejo Deliberante actúe como  partícipe y promotor de prácticas inclusivas en diferentes espacios públicos de la ciudad,  alentando a la utilización/exposición de Pictogramas Universales, a fin de facilitar su  acceso/uso/visita/tránsito/permanencia , a personas con trastornos del lenguaje y/o  dificultades para la organización espacio-temporal; como suele suceder en algunas  personas con autismo, Trastorno del Espectro Autista ―TEA―o personas que hayan  sufrido un ACV con secuelas en el lenguaje oral.

CONSIDERANDO:

 Que las personas con discapacidad se enfrentan constantemente a un número considerado de barreras que impiden su desenvolvimiento en la sociedad, ya sean de carácter institucional, personal o social, en relación al entorno.

 Que, en este sentido, el Artículo 9° de la Convención sobre los Derechos  de las Personas con Discapacidad expresa: “A fin de que las personas con discapacidad  puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de  la vida, los Estados Partes adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las  personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico,  el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las  tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones  abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales. Estas medidas, que incluirán la identificación y eliminación de obstáculos y barreras de acceso, se aplicarán, entre otras cosas, a: Los edificios, las vías públicas, el transporte y otras instalaciones exteriores e interiores como escuelas, viviendas, instalaciones médicas y lugares de trabajo; los servicios de información, comunicaciones y de otro tipo, incluidos los servicios electrónicos y de emergencia”; 

Que, los pictogramas son imágenes representativas de ideas y objetos, convirtiéndose en una herramienta útil para facilitar la comunicación para personas con TEA, TGD, Síndrome de Asperger, etc.; 

Que, la humanidad los ha utilizado desde la prehistoria y en la actualidad se emplean para transmitir un mensaje de comprensión inmediata ya que son claros y precisos, para que las personas puedan comprenderlos al instante; 

Que, la ciudad registra casos de personas con autismo y/o trastornos del lenguaje de diversa índole.

Que, una ciudad inclusiva es posible, en tanto y en cuanto se reduzca la brecha comunicacional entre sus habitantes y, de ese modo, conozcamos las necesidades particulares.

Que, existen aplicaciones utilizadas a nivel mundial como ARASAAC  (https://arasaac.org/index.html ) ofrece recursos gráficos y materiales gratuitos  adaptados con licencia Creative Commons (BY-NC-SA) para facilitar la comunicación y la  accesibilidad cognitiva a todas las personas que, por distintos factores (autismo,  discapacidad intelectual, desconocimiento del idioma, personas mayores, etc.),  presentan graves dificultades en estas áreas, que dificultan su inclusión en cualquier  ámbito de la vida cotidiana

Que, los costos son mínimos y los beneficios incalculables, teniendo en cuenta que mejoraría la calidad de vida de todas las personas. 

Que, este proyecto también favorecería a otro colectivo de personas como ser niños pequeños que no saben leer ni escribir, personas analfabetas o con disminución visual;

Que, a nadie debe negársele el derecho a la comunicación, y es un imperativo ético del Estado brindar las herramientas para la comunicación funcional, espontanea, generalizadora y permita que, en esta ciudad, tengan oportunidades e inclusión tanto las personas con dificultad en la comunicación, como aquellas en situación de discapacidad.

Que, es obligación del Estado promover e impulsar políticas públicas y eventos tendientes a la integración de las personas con discapacidad.

Por ello:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CARLOS TEJEDOR, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1°: PROMUEVASE desde el Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, la implementación de pictogramas en todos los espacios públicos administrativos y recreativos dependientes del Departamento Ejecutivo Municipal.

Artículo 2°: Los pictogramas mencionados serán sencillos y de fácil entendimiento, y deberán representar fielmente aquello que indican, tener un tamaño mínimo de 20 cm.  x 20 cm. y colocarse a una altura que sea legible, con elementos de estos lugares claros visualmente y precisos, para facilitar la accesibilidad de información a personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), Trastornos del Desarrollo (TGD), Síndrome de Asperger; entre otros.

 

Artículo 3°: INVITAR al sector privado del distrito de Carlos Tejedor, adherirse a la iniciativa de colocación de pictogramas en sus establecimientos, tanto comerciales como de servicios, que den cuenta de las acciones/actividades que allí se realizan.

 

Artículo 4°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo ejecutar una campaña pública para fomentar la utilización de pictogramas universales, brindando la información necesaria

para tal fin a los responsables/integrantes de los espacios y la población en general (talleres, capacitaciones). En la misma deberán ser llamados e incluidos todos los comercios o rubros, para luego entregar las imágenes correspondientes.

 

Artículo 5°: Que las Asociaciones, Comisiones y Sociedades registradas de diversa índole de la ciudad y localidades vecinas, entiéndase Bomberos Voluntarios, Clubes, entre otros, adhieran y hagan efectiva la utilización de pictogramas universales en sus dependencias.

 

Artículo 6°: Comuníquese, regístrese, publíquese, archívese. -

 

 

 

DADO EN LA SALA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CARLOS TEJEDOR A LOS NUEVE DÍA DEL MES DE SEPTIEMBRE EN LA DECIMO OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

 

 

 

 

 

MARIANA CRESPO                                                                                    ING. ARMANDO PALAU

SECRETARIA HCD                                                                                   PRESIDENTE HCD

 

Promulgada por decreto N°2548/24