Boletines/Carlos Tejedor

Ordenanza Nº2910/24

Ordenanza Nº 2910/24

Carlos Tejedor, 09/09/2024

VISTO:

La Ley de Acceso Justo al Hábitat 14.449 y la Ordenanza Municipal 2901/2024

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la Municipalidad de Carlos Tejedor, proyecta la construcción de planes de viviendas sociales y lotes con servicios, en el predio denominado catastralmente como CIRCUNSCRIPCIÓN II, SECCIÓN A, CHACRA 64, FRACCIÓN I, PARCELA 4ª PARTIDA 11149, del partido de Carlos Tejedor;

 

Que, bajo EX –2020-10062725-GDEBA-SDPRDGCYE y Expediente Municipal N°4020-3670/2012 se tramita la transferencia de dos parcelas por parte de la Dirección General de Cultura y Educación a favor del Municipio de Carlos Tejedor para afectar su uso a la generación de lotes con servicios y/o viviendas de carácter única, permanente y familiar;

 

Que, Jefatura de Inspección Distrital Carlos Tejedor como también el Consejo Escolar de Carlos Tejedor documentaron al momento indicado que las parcelas solicitadas por el municipio no se encontraban afectadas a ninguna obra educativa prestando conformidad al pedido del Departamento Ejecutivo;

 

Que, asimismo la Unidad Educativa de Gestión Distrital de Carlos Tejedor consideró como favorable dicha sesión;

 

Que, la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires a través de la Subsecretaría de Educación prestó conformidad a la desafectación de dos inmuebles solicitados por el Departamento Ejecutivo;

 

Que, se encuentra firmada la resolución n°2024/494/GDEBA-MECANGP del Ministerio de Economía desafectando del uso de la Dirección General de Cultura y Educación los inmuebles allí descriptos, transfiriéndolos a la Municipalidad de Carlos Tejedor;

 

Que, de acuerdo a la Disposición Técnico Registral 4/2024 de la Dirección de Propiedades de la Provincia de Buenos Aires resulta necesario realizar un acto administrativo de aceptación de la donación por parte del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires hacia la Municipalidad de Carlos Tejedor;

 

Que, el Departamento Ejecutivo tiene como objetivo para las parcelas que resultan de este expediente generar 82 lotes;

 

Que, mediante Ordenanza Municipal 2901/2024 se autorizó al Departamento Ejecutivo a subdividir en parcelas el predio denominado catastralmente como CIRCUNSCRIPCIÓN II, SECCIÓN A, CHACRA 64, MANZANA 64AM, PARCELA 4

 

Que, existe interés del Gobierno Municipal en proceder a realizar todo acto que represente suplir la necesidad de los vecinos y vecinas del distrito que aún no pudieron acceder a un lote o vivienda;

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CARLOS TEJEDOR, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

Artículo 1º: Convalídese la resolución n°2024/494/GDEBA-MECANGP del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires mediante la cual se transfiere a título gratuito y, de conformidad con lo establecido en el ARTÍCULO 2° de la misma, los bienes inmuebles identificados catastralmente CIRCUNSCRIPCIÓN II, SECCIÓN A, CHACRA 64, MANZANA 64AM, PARCELA 3, PARTIDA 11148 y CIRCUNSCRIPCIÓN II, SECCIÓN A, CHACRA 64, FRACCIÓN I, PARCELA 4ª PARTIDA 11149, del partido de Carlos Tejedor.

Artículo 2º: Afectar a la Ley 14.449 la parcela identificada catastralmente como CIRCUNSCRIPCIÓN II, SECCIÓN A, CHACRA 64, FRACCIÓN I, PARCELA 4ª PARTIDA 11149, del partido de Carlos Tejedor con los indicadores urbanísticos descriptos en la ordenanza 2901/2024.

Artículo 3°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a llevar adelante todos los actos jurídicos y administrativos a los efectos de generar la resolución provincial por parte de la Subsecretaría de Hábitat de la Provincia de Buenos Aires para ratificar mediante resolución ministerial la afectación a la Ley 14.449.

Artículo 4º: Comunicase, cúmplase y archívese.

 

 

DADO EN LA SALA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CARLOS TEJEDOR A LOS NUEVE DÍA DEL MES DE SEPTIEMBRE EN LA DECIMO OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

 

 

 

 

 

MARIANA CRESPO                                                                                    ING. ARMANDO PALAU

SECRETARIA HCD                                                                                   PRESIDENTE HCD

 

Promulgada por decreto N°2546/24